Periódico Oficial del Estado de México del día 21/04/2016 (Sección Tercera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

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21 de abril de 2016

CONVENIO de Coordinación en el marco del Programa para el otorgamiento del subsidio para la implementación de la reforma del Sistema de Justicia Penal, que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de México.
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN EL MARCO DEL PROGRAMA PARA EL OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO PARA LA
IMPLEMENTACIÓN DE LA REFORMA DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO
FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN EN LO SUCESIVO "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN
ESTE ACTO POR EL OFICIAL MAYOR, LIC. JORGE FRANCISCO MÁRQUEZ MONTES Y LA SECRETARÍA TÉCNICA DEL CONSEJO
DE COORDINACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ÓRGANO ADMINISTRATIVO
DESCONCENTRADO, REPRESENTADA POR SU TITULAR DRA. MARÍA DE LOS ÁNGELES FROMOW RANGEL; Y EL PODER
EJECUTIVO DEL ESTADO DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO LA "ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR
DEL ESTADO DE MÉXICO, DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, EL MTRO. JOSÉ SERGIO MANZUR QUIROGA, SECRETARIO GENERAL
DE GOBIERNO Y EL LIC. JOAQUÍN GUADALUPE CASTILLO TORRES, SECRETARIO DE FINANZAS, A QUIENES EN CONJUNTO SE
LES DENOMINARÁ LAS "PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
El artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos "CONSTITUCIÓN", dispone que los recursos económicos de que dispongan la Federación y los Estados, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
El 18 de junio de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación "DOF" el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la "CONSTITUCIÓN", en materia de seguridad pública y justicia penal, mediante el cual se establecen las bases del nuevo Sistema de Justicia Penal en la República Mexicana.
La "CONSTITUCIÓN" prevé, en sus artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 73, fracciones XXI y XXIII, 115, fracción VII, y 123, Apartado B, fracción XIII, las bases del nuevo Sistema de Justicia Penal en la República Mexicana, con motivo de la reforma contenida en el Decreto publicado en el "DOF" el 18 de junio de 2008.
El 13 de octubre de 2008, se creó el Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal como una Instancia de Coordinación "DECRETO", con la finalidad de implementar, en los tres órdenes de gobierno, el Sistema de Justicia Penal en los términos previstos en la "CONSTITUCIÓN" con pleno respeto a las atribuciones de los Poderes Federales, la soberanía de los Estados, el Distrito Federal y la autonomía municipal, así como de las instituciones y autoridades que intervengan en la instancia de coordinación.
El 8 de octubre de 2013, se publicó el "DECRETO" en el "DOF" por el que se reforma la fracción XXI, del artículo 73 de la "CONSTITUCIÓN", que faculta al Congreso de la Unión para expedir la legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias y de ejecución de penas que regirá en el orden federal y en el fuero común.
El 2 de julio de 2015, se publicó en el "DOF" decreto por el que se reforman los párrafos cuarto y sexto del artículo 18 y el inciso c de la fracción XXI del artículo 73 de la "CONSTITUCIÓN", que faculta al Congreso de la Unión para expedir la legislación única en materia de justicia penal para adolescentes que regirá en el orden federal y en el fuero común.
El Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, presidido por el Secretario de Gobernación, es una Instancia de Coordinación que tiene la finalidad de implementar, en los tres órdenes de gobierno, el Sistema de Justicia Penal en los términos previstos en la "CONSTITUCIÓN", con pleno respeto a las atribuciones de los Poderes Federales, la soberanía de las Entidades Federativas y la autonomía municipal, así como a las instituciones y autoridades que intervengan en la instancia de coordinación.
La Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, en lo sucesivo la "SETEC" es un Órgano Administrativo Desconcentrado de "LA SECRETARÍA", con autonomía administrativa, creada para operar y ejecutar los acuerdos y determinaciones del Consejo de Coordinación; así como coadyuvar y brindar apoyo a las autoridades locales y federales en la implementación del Sistema de Justicia Penal, cuando lo soliciten.
El Comité de Subsidios es el Órgano conformado al interior de la "SETEC", encargado de resolver los proyectos presentados por las entidades federativas que pueden acceder a los apoyos del Subsidio conforme a los criterios establecidos en las Políticas, así como su propio Reglamento Interno.
El artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria "LEY DE PRESUPUESTO", establece que los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables.
De acuerdo con lo anterior, el artículo 8, fracción I, del Reglamento de la "LEY DE PRESUPUESTO", establece que las dependencias deberán desarrollar procedimientos y emitir instrucciones específicas respecto de gasto público, lo que en consecuencia implica que las dependencias competentes de las entidades federativas deberán ejercer el subsidio en los tiempos y formas previstos en el presente Acuerdo y sus Anexos, sin incurrir en dilaciones que retrasen la implementación del Sistema de Justicia Penal en la "ENTIDAD
FEDERATIVA" o demeriten la calidad de los proyectos.
Los artículos 33 al 36 de la Ley de Planeación, disponen que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las Entidades Federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que dichos gobiernos participen y coadyuven, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional y para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta. En todos los casos se deberá considerar la participación que corresponda a los municipios.
El 20 de mayo de 2013, fue publicado en el "DOF" el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en cuyo apartado I.1 Diagnóstico: México demanda un pacto social más fuerte y con plena vigencia, Gobernabilidad democrática, se determinó como prioritario impulsar la reforma al Nuevo Sistema de Justicia Penal. El 12 de diciembre de 2013, se publicó en el "DOF" el Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018.
"PROGRAMA SECTORIAL", en el cual se establece en el Capítulo I denominado Diagnóstico, parte 2 Seguridad y Justicia, los Rezagos en la implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal en México.
El "PROGRAMA SECTORIAL", busca fortalecer los recursos destinados a la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal para una mayor penetración de las acciones necesarias en los estados. También haciendo indispensable crear y publicar el marco normativo

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 21/04/2016 (Sección Tercera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

PaísMéxico

Fecha21/04/2016

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones3228

Primera edición05/01/2000

Ultima edición03/05/2024

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