Periódico Oficial del Estado de México del día 30/10/2017 (Sección Séptima)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

Página 8

30 de octubre de 2017

I.

Asistir a las sesiones del Consejo a las que sean convocados, en las cuales tendrán voz y voto;

II.

Contribuir al buen desarrollo de las sesiones del Consejo, exponer los asuntos de su competencia o que se les asigne cuando sean parte de la orden del día o se les requiera, en las cuales propiciarán el debate crítico, reflexivo, serio y responsable, en el que además se tomará en cuenta el interés superior de la Fiscalía, votar los asuntos cuando el Presidente lo solicite;

III.

Exponer su impedimento o causa de conflicto de interés y excusarse de conocer algún asunto o tema, y
IV. Atender, en su caso, los asuntos que el Presidente les encomiende y que deban resolverse por el Consejo.
Órgano substanciador DÉCIMO SEXTO.- La Fiscalía Central Jurídica, a través de la Unidad Contenciosa de la Dirección General Jurídica, fungirá como órgano substanciador de los procedimientos de separación y de responsabilidad administrativa cuando el personal operativo incumpla con los requisitos de permanencia o incurra en causales de responsabilidad previstas en las Leyes en materia de Seguridad Pública y en la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, y que no sea competencia de otra autoridad.
La substanciación de los procedimientos administrativos, será de conformidad con lo previsto en las leyes antes señaladas, y en lo no previsto, conforme el Código de Procedimientos Administrativos.
TRANSITORIOS
Publicación PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
Vigencia SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su suscripción.
Derogación del Acuerdo 01/2012
TERCERO.- Se abroga el Acuerdo 01/2012, del C. Procurador General de Justicia del Estado de México, por el que se declara la instalación y funcionamiento de la Comisión de Honor y Justicia de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, el 20 de enero de 2012.
Instrucciones al Oficial Mayor CUARTO.- Se instruye a la Oficialía Mayor, para que en el ámbito de sus facultades provea los recursos humanos, técnicos, materiales y presupuestales necesarios para el adecuado funcionamiento de las unidades administrativas.
Instrucciones a los Presidentes de los órganos colegiados QUINTO.- Se instruye al Vicefiscal General y al Coordinador General de la Policía de Investigación para que convoquen a la sesión de instalación del Consejo de Profesionalización y de la Comisión de Honor y Justicia, respectivamente, dentro de los diez días hábiles siguientes al de la entrada en vigor del presente Reglamento.
Dado en la Ciudad de Toluca, Capital del Estado de México, a los 24 días del mes de octubre del año dos mil diecisiete.

EL FISCAL GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO
ALEJANDRO JAIME GÓMEZ SÁNCHEZ
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 30/10/2017 (Sección Séptima)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

PaísMéxico

Fecha30/10/2017

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones218

Primera edición05/01/2000

Ultima edición16/12/2022

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