Periódico Oficial del Estado de México del día 10/06/2016 (Sección Séptima)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

Página 4

10 de junio de 2016

El Comité dará seguimiento puntual en cada sesión a todos los compromisos y acuerdos contraídos en sesiones anteriores.
Votaciones OCTAVO.- Se contará un voto por cada uno de los miembros del Comité, los acuerdos y decisiones se tomarán por el voto mayoritario de sus miembros presentes. En caso de asistir a la sesión un miembro titular y su suplente, solo podrá emitir su voto el primero.
Los miembros del Comité que discrepen del parecer mayoritario podrán solicitar que figure en el acta el testimonio razonado de su opinión divergente.
En caso de empate, el presidente del Comité tendrá voto de calidad.
Aplicación del Acuerdo del Ejecutivo Estatal NOVENO.- En lo no previsto en el presente Acuerdo, se aplicará lo dispuesto en el Acuerdo del Ejecutivo del Estado, por el que se expiden los Lineamientos Generales para propiciar su integridad a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses, publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno el 30 de noviembre de 2015.
Instrucciones a la Coordinación de Planeación y Administración DÉCIMO.- Se instruye a la Coordinación de Planeación y Administración realizar los trámites necesarios para dar a conocer entre el personal de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, el contenido del presente Acuerdo.
Vigilancia y Supervisión DÉCIMO PRIMERO.- Se instruye a la Coordinación de Agentes del Ministerio Público Auxiliares del Procurador y a la Contraloría Interna, para que en las evaluaciones y visitas que realice, supervise la aplicación del Código de Ética, las Reglas de Integridad para el Ejercicio del Servicio Público y el Código de Conducta y, en caso de incumplimiento, genere las instrucciones o recomendaciones a que haya lugar, sin perjuicio de dar vista a la autoridad competente para fincar la responsabilidad penal o administrativa que, en su caso, resulte procedente.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUNDO.- Este Acuerdo entrará en vigor el 13 de junio de 2016.
TERCERO.- El primer periodo del Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Intereses de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México se conformará por:
I. El Procurador General de Justicia, quién lo presidirá;
II. El Titular de la Subprocuraduría Jurídica, quien fungirá como Secretario, y III. Los siguientes vocales:
a. Comisario General de la Policía Ministerial;
b. Director General del Instituto de Servicios Periciales;
c. Director General del Servicio de Carrera;
d. Director General de Administración;
e. Un agente del Ministerio Público;
f. Un agente de la Policía Ministerial, y g. Un Perito.
Posteriormente se realizará mediante el mecanismo establecido en el presente Acuerdo.
Dado en la ciudad de Toluca, capital del Estado de México, a los 10 días del mes de junio de 2016.
EL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA
DEL ESTADO DE MÉXICO
ALEJANDRO JAIME GÓMEZ SÁNCHEZ
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 10/06/2016 (Sección Séptima)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

PaísMéxico

Fecha10/06/2016

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones218

Primera edición05/01/2000

Ultima edición16/12/2022

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