Periódico Oficial del Estado de México del día 29/08/2023 (Sección Segunda)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

Martes 29 de agosto de 2023

Sección Segunda
Tomo: CCXVI No. 37

Que el presupuesto público con perspectiva de género, tiene como propósito promover la igualdad entre hombres y mujeres, estableciendo asignaciones presupuestarias más justas, que favorezcan las oportunidades sociales y económicas de ambos géneros, por ello, se incorpora esta visión en las Reglas de Operación de los programas sociales para contribuir a la reducción de las brechas de desigualdad.
Que la transversalidad y focalización son herramientas que propician la coordinación efectiva entre instituciones públicas, sociales y privadas de los órdenes federal, estatal y municipal.
Que la EFF toma como base la Metodología Multidimensional de Medición de la Pobreza establecida por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social CONEVAL y la información estadística, relativa al desarrollo social, producida y publicada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía INEGI, el Consejo Nacional de Población CONAPO, del Consejo Estatal de Población COESPO, entre otras fuentes, con el fin de que los programas y acciones de desarrollo social se dirijan prioritariamente al abatimiento de las carencias sociales con mayor presencia en la entidad.
Que de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares ENIGH 2020, se tienen 17 millones 079
mil 245 habitantes en el Estado de México, de los cuales 8 millones 339 mil 373 son hombres y 8 millones 739 mil 872 son mujeres.
Que con base en datos de la ENIGH y del CONEVAL 2020, en la entidad se registran 8 millones 342 mil 500 personas en pobreza, de las cuales 4 millones 058 mil 437 son hombres y 4 millones 284 mil 063 son mujeres.
Que con base en la ENIGH 2020, en la entidad mexiquense hay 10 millones 277 mil 607 personas de 18 a 59 años de edad, de los cuales, 4 millones 950 mil 005 48.2% son hombres y 5 millones 327 mil 602 51.8% son mujeres.
Que el Consejo de Investigación y Evaluación de la Política Social estima que para el año 2020 había un total de 2 millones 495 mil 180 46.9% mujeres de 18 a 59 años de edad en situación de pobreza y 414 mil 524 mujeres en el mismo rango de edad se encontraban en pobreza extrema.
Que la brecha de género es mayor para la población femenina de 18 a 59 años de edad, ya que este grupo de población es 1.1% más pobre que la población masculina.
Que el Consejo de Investigación y Evaluación de la Política Social CIEPS, estima que hay 2 millones 411 mil 996 mujeres de 18 a 59 años en situación de pobreza y además realizan quehacer en su hogar y 406 mil 852 mujeres en la misma condición y rango de edad se encuentran en pobreza extrema. Asimismo, 1 millón 356 mil 461 mujeres de 18 a 59 años de edad en situación de pobreza cuidan o atienden a personas sin pago y 252 mil 097 mujeres están en pobreza extrema en la misma condición.
Que de acuerdo con estimaciones del CIEPS, en el Estado de México hay 1 millón 339 mil 790 mujeres de 18 a 59 años de edad en situación de pobreza y que además realizan algún trabajo no remunerado. De igual manera, 249 mil 618 mujeres de 18 a 59 años de edad, se encuentran en situación de pobreza extrema y además realizan algún trabajo no remunerado.
Que el CIEPS estima con base en la ENIGH 2020 que en el Estado de México hay 852 mil 624 mujeres de 18 a 59 años de edad en situación de pobreza que por diferentes razones no trabajaron.
Que de acuerdo con la Encuesta Intercensal 2015 INEGI, en el Estado de México hay 26 mil 409 mujeres de 18 a 59 años de edad que ayudan en algún negocio. Y que con base en los microdatos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo ENOE en el tercer trimestre de 2021 en la entidad mexiquense 14 mil 902 mujeres en el mismo rango de edad, por diferentes circunstancias, dejó o cerró su propio negocio o se encuentra en alguna otra situación que le otorga antecedentes laborales en microempresas.
Que, con el propósito de disminuir la condición de pobreza de las mujeres de 18 a 59 años de edad, que se dediquen a las actividades del hogar, que estén buscando trabajo, que no perciban ingresos y que vivan en el Estado de México, se creó el Programa de Desarrollo Social Salario Rosa por el Trabajo, el cual se alinea a los siguientes ODS: 1. Fin de la Pobreza, 2.
Hambre Cero, 4. Educación de Calidad, 5. Igualdad de Género, 8. Trabajo Decente y Crecimiento Económico y 10.
Reducción de las Desigualdades; contribuyendo a cumplir las metas 1.1, 1.2, 4.3, 4.4, 5.1, 5.4, 8.3 y 10.2 de la Agenda 2030.
Que con la finalidad de consolidar la política de desarrollo social estatal, que se refleja en el apoyo y atención a las beneficiarias del Programa de Desarrollo Social Salario Rosa por el Trabajo, como acciones que articulan procesos que transformaron el bienestar y calidad de vida de las mujeres del Estado de México, se realiza la presente modificación de las Reglas de Operación, para proyectar que, después de haber concluido la capacitación para el desarrollo humano, así como las actividades de desarrollo comunitario y actividades de emprendedurismo en sus diferentes fases, las beneficiarias
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Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 29/08/2023 (Sección Segunda)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

PaísMéxico

Fecha29/08/2023

Nro. de páginas100

Nro. de ediciones4508

Primera edición04/01/2000

Ultima edición18/04/2024

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