Periódico Oficial del Estado de México del día 20/07/2023 (Sección Segunda)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

Jueves 20 de julio de 2023

Sección Segunda
Tomo: CCXVI No. 14

PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO
Al margen Escudo de la LXI Legislatura del Estado de México, y una leyenda que dice: Diputadas y Diputados Locales Estado de México.

FE DE ERRATAS
AL DECRETO NÚMERO 92 DE LA LXI LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO POR EL QUE
SE EXPIDE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO, PUBLICADO
EN EL PERIÓDICO OFICIAL GACETA DEL GOBIERNO EL 6 DE OCTUBRE DE 2022, SECCIÓN
PRIMERA, TOMO CCXIV NÚMERO 64.
DICE
Artículo 2. Se reconoce la necesidad de dar voz a la sociedad civil a efecto de que se exprese en asuntos relevantes vinculados a la tutela de los derechos humanos y al control difuso de la constitucionalidad y la convencionalidad. Por ello, cualquier persona física o moral o colectivo social, podrán expresarse en calidad de Amicus Curiae o amigo del Poder Judicial y aportar argumentos que sirvan como reflexión para esclarecer una cuestión sometida a la jurisdicción de los tribunales del estado, que poseerán una calidad meramente orientadora y no vinculante. El Pleno emitirá el reglamento correspondiente.

DEBE DECIR
Artículo 2. Se reconoce la necesidad de dar voz a la sociedad civil a efecto de que se exprese en asuntos relevantes vinculados a la tutela de los derechos humanos y al control difuso de la constitucionalidad y la convencionalidad. Por ello, cualquier persona física o moral o colectivo social, podrán expresarse en calidad de Amicus Curiae o amigo del Poder Judicial y aportar argumentos que sirvan como reflexión para esclarecer una cuestión sometida a la jurisdicción de los tribunales del estado, que poseerán una calidad meramente orientadora y no vinculante. El Pleno del Consejo emitirá el reglamento correspondiente.

Artículo 13.

Artículo 13.

I. a XI.

I. a XI.

XII. Determinar, en su caso, el cambio de sedes para la realización de las sesiones del Pleno, a lugar distinto al previsto en el artículo 13 de esta ley;

XII. Determinar, en su caso, el cambio de sedes para la realización de las sesiones del Pleno, a lugar distinto al previsto en el artículo 12 de esta ley;

XIII. a XXII.

XIII. a XXII.

Artículo 24.

Artículo 24.

I. De los recursos contra resoluciones pronunciadas por los jueces de control, tribunales de juicio oral y jueces de ejecución, especializados en el Sistema Integral de Justicia para Adolescentes;

I. De los recursos contra resoluciones pronunciadas por los jueces de control, tribunal de enjuiciamiento y jueces de ejecución, especializados en el Sistema Integral de Justicia para Adolescentes;

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 20/07/2023 (Sección Segunda)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

PaísMéxico

Fecha20/07/2023

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones4512

Primera edición04/01/2000

Ultima edición21/05/2024

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