Periódico Oficial del Estado de México del día 04/07/2023 (Sección Segunda)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

Martes 4 de julio de 2023

Sección Segunda
Tomo: CCXVI No. 2

casos de entrega parcial seguirá prestando tales servicios de forma proporcional, de conformidad con lo establecido en los artículos 5.38 fracción X inciso o del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México; 48 fracción IV y 55 fracción VI inciso H de su Reglamento.
DÉCIMO
OCTAVO.

DÉCIMO
NOVENO.

VIGÉSIMO.

VIGÉSIMO
PRIMERO.

VIGÉSIMO
SEGUNDO.

En atención a lo dispuesto en el artículo 55 fracción XI inciso A del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, se hace de su conocimiento que para transferir o ceder los derechos del presente Acuerdo, será necesaria la autorización expresa de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra por conducto de la Dirección General de Operación y Control Urbano, atendiendo lo establecido en el artículo 83 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México. Cualquier acto que implique el cambio de titularidad de los derechos derivados de este Acuerdo, incluyendo adjudicaciones a favor de terceros sin la autorización correspondiente, así como el incumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas en este Acuerdo, traerá como consecuencia la aplicación de las medidas de seguridad y sanciones que correspondan, conforme a la legislación urbana vigente.

Con fundamento en los artículos 5.38 fracción X inciso j del Código Administrativo del Estado de México y 55 fracción VI inciso D del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, deberá protocolizar ante Notario Público e inscribir el presente Acuerdo y sus correspondientes planos de lotificación, en la oficina registral que corresponda del Instituto de la Función Registral del Estado de México, en un plazo de noventa días hábiles contados a partir de la fecha en que el Acuerdo surta sus efectos, es decir, un día después de su publicación en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México, lo anterior deberá hacerlo del conocimiento de esta Dirección General de Operación y Control Urbano dentro del mismo plazo, de no presentar lo anterior, su representada estará imposibilitada para solicitar la autorización del inicio de obras, enajenación de lotes y promoción del desarrollo.
Deberá colocar en el término de treinta días contados a partir del día siguiente a la publicación del presente Acuerdo de Autorización en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México, y mantener hasta la entrega-recepción, en un murete situado en el acceso principal, en lugar visible al público, una placa metálica de 1.00 metro por 1.00 metro, que cite el tipo, denominación del Conjunto Urbano, municipio donde se ubique, autoridad que lo emite, fechas de emisión y publicación del Acuerdo de Autorización, la dirección electrónica para acceder a la página de internet en la que se difunda y dé a conocer, así como las obras de equipamiento y en su caso de las obras de infraestructura primaria del Conjunto Urbano y colocar en cada una de estas, un murete situado en el acceso principal de la obra con una placa metálica de al menos 2.00 metros por 2.00 metros conforme lo dispone el artículo 55 fracción VI incisos E y F del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

El presente Acuerdo de Autorización no habilita a su titular a llevar a cabo alguno de los actos para los cuales el Código Administrativo del Estado de México y el Reglamento del Libro Quinto de dicho ordenamiento exijan una autorización específica.

El presente Acuerdo de Autorización del Conjunto Urbano de Tipo Mixto Habitacional Medio, Comercial y de Servicios denominado VALLE DEL SAUZ ubicado en el Municipio de Calimaya, Estado de México, surtirá sus efectos legales el día hábil siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México, debiendo su representada cubrir los derechos correspondientes a dicha publicación en términos de lo dispuesto por los artículos 5.38 fracción X
inciso i del Código Administrativo del Estado de México y 54 último párrafo del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, dicha publicación tendrá efectos de notificación.

Dado en la Ciudad de Toluca, Estado de México, a los doce días del mes de junio de dos mil veintitrés.
Atentamente.- Arq. Blanca Hereida Piña Moreno.- Directora General de Operación y Control Urbano.- Rúbrica.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 04/07/2023 (Sección Segunda)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

PaísMéxico

Fecha04/07/2023

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones4508

Primera edición04/01/2000

Ultima edición18/04/2024

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