Periódico Oficial del Estado de México del día 05/07/2019 (Sección Segunda)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

5 de julio de 2019

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Estado de México, resolver las quejas presentadas en contra de los notarios, sancionar administrativamente a los notarios conforme a las disposiciones de dicha Ley, llevar los registros necesarios para el control documental de la actividad notarial, tramitar los asuntos relacionados con el notariado del Estado de México, y las demás que le señalen la Ley del Notariado del Estado de México y otros ordenamientos jurídicos aplicables.

El Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, en sus artículos 12 y 13, primer párrafo, establece que son días hábiles todos los del año, con exclusión de los sábados, domingos y aquellos que se señalen en el calendario oficial correspondiente, y horas hábiles las comprendidas entre las 9:00 y las 18:00 horas; asimismo, que las autoridades administrativas pueden habilitar los días y horas inhábiles cuando hubiere causa urgente que lo exija, expresando cuál sea ésta y las diligencias que hayan de practicarse, notificando al particular interesado.

El 26 de diciembre de 2018, se publicó en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno el Acuerdo del Secretario de Finanzas por el que se establece el Calendario Oficial que regirá durante el año 2019, precisando los días hábiles e inhábiles para las servidoras y los servidores públicos que laboran en el sector central del Poder Ejecutivo del Estado de México y de orientación para el sector auxiliar del mismo, en cuyo artículo tercero se determinaron como días inhábiles los comprendidos en el periodo del ocho al doce julio de este año, como parte de la segunda etapa del primer período vacacional de la administración pública del Gobierno del Estado de México.
Con el objeto de ejercer de manera pronta, expedita y eficiente las atribuciones conferidas a la Dirección de Legalización y del Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, relativas a vigilar que el funcionamiento de las notarías se realice con apego a la Ley del Notariado del Estado de México, su reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables y derivado de que se ha ordenado la práctica de diversas inspecciones especiales, se emite el siguiente:
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE HABILITAN DÍAS Y HORAS PARA LA PRÁCTICA DE
DILIGENCIAS DE SUPERVISIÓN DE LA FUNCIÓN NOTARIAL CONSISTENTES EN
INSPECCIONES ESPECIALES QUE REALICEN LAS SERVIDORAS Y LOS SERVIDORES
PÚBLICOS DEL DEPARTAMENTO DE NOTARÍAS, ADSCRITOS A LA DIRECCIÓN DE
LEGALIZACIÓN Y DEL PERIÓDICO OFICIAL GACETA DEL GOBIERNO.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 05/07/2019 (Sección Segunda)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

PaísMéxico

Fecha05/07/2019

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones4508

Primera edición04/01/2000

Ultima edición18/04/2024

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