Periódico Oficial del Estado de México del día 15/05/2017 (Sección Segunda)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

Página 28

15 de mayo de 2017
modalidades de servicio regular de pasaje colectivo y automóvil de alquiler de sitio para los vehículos año modelo 2005 en adelante, en términos de lo dispuesto por el Código Financiero del Estado de México y Municipios.

III.

III.

IV.

IV.

V. Un subsidio equivalente al cien por ciento en el pago de los derechos de refrendo anual de placas, actualizaciones y recargos de los ejercicios fiscales 2012, 2013, 2014 para vehículos de servicio público de transporte en todas sus clases, modalidades y tipos, por servicios prestados por la Secretaría de Movilidad, en términos de lo dispuesto por el Código Financiero del Estado de México y Municipios.

V. Un subsidio equivalente al cien por ciento en el pago de los adeudos por concepto de derechos de refrendo anual de placas, actualizaciones y recargos de los ejercicios fiscales 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016 para vehículos de servicio público de transporte en todas sus clases, modalidades y tipos, en términos de lo dispuesto por el Código Financiero del Estado de México y Municipios. De igual manera, un subsidio equivalente al cien por ciento en el pago de derechos por concepto de refrendo anual de placas del ejercicio fiscal 2017 para vehículos de servicio público de transporte en todas sus clases, modalidades y tipos, por servicios prestados por la Secretaría de Movilidad, en términos de lo dispuesto por el Código Financiero del Estado de México y Municipios.

ARTÍCULO 3.

ARTÍCULO 3.

I. Estar debidamente constituidos en sociedad mercantil mexicana con aportación irrevocable de las concesiones al patrimonio de las referidas sociedades y tener los legítimos derechos sobre las concesiones, permisos o autorizaciones, contar con protocolización de actas de asamblea actualizadas y sin juicios que se encuentren pendientes de resolución judicial.

I. Estar debidamente constituidos en sociedad mercantil mexicana con aportación irrevocable de las concesiones al capital social de las referidas sociedades y tener los legítimos derechos sobre las concesiones, permisos o autorizaciones, contar con protocolización del acta de asamblea en donde conste la última designación del órgano de administración de la sociedad, debidamente inscrita ante el Instituto de la Función Registral del Estado de México, sin que haya sido impugnada y sin juicios que se encuentren pendientes de resolución judicial que versen sobre la titularidad de las concesiones, permisos o autorizaciones o su estatus legal.
Para el caso de personas físicas titulares de concesiones, permisos y autorizaciones, deberán tener los legítimos derechos sobre las mismas.

ATENTAMENTE

LIC. EDMUNDO RAFAEL RANERO BARRERA
SECRETARIO DE MOVILIDAD
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 15/05/2017 (Sección Segunda)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

PaísMéxico

Fecha15/05/2017

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones4508

Primera edición04/01/2000

Ultima edición18/04/2024

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