Periódico Oficial del Estado de México del día 17/11/2017 (Sección Quinta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

17 de noviembre de 2017

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sustituir y delegar esta representación en uno o más apoderados para que la ejerzan individual o conjuntamente; y para actos de dominio requerirá la autorización expresa de la Secretaría de Finanzas, de acuerdo con la legislación aplicable.
Que de conformidad con el artículo 3 fracción V, del citado Reglamento, la Coordinación Jurídica es unidad administrativa básica de la Secretaría del Medio Ambiente.
Que la fracción I del artículo 14 del Reglamento Interior de la Secretaría del Medio Ambiente, establece que la Coordinación Jurídica le corresponde representar a la Secretaría y a sus unidades administrativas, en los asuntos jurídicos de los que sean parte en el ejercicio de sus funciones, previa solicitud de sus titulares, realizando el oportuno seguimiento a los procedimientos hasta su conclusión.
Que con el fin de generar una dinámica de trabajo que produzca una respuesta eficaz y oportuna por parte de la Coordinación Jurídica de la Secretaría del Medio Ambiente, es indispensable que los servidores públicos adscritos a ésta, cuenten con facultades de representación legal en los actos jurídicos que en ejercicio de sus facultades, atribuciones o funciones hayan dictado, ordenado, ejecutado o tratado de ejecutar la Secretaria del Medio Ambiente, su Titular, las Unidades Administrativas, Comités, Comisiones y/o Servidores Públicos que la integran ante toda clase de autoridades administrativas y órganos jurisdiccionales, ya sean civiles, penales, administrativas, agrarias, electorales, del trabajo, municipales, estatales o federales, así como las Juntas Federal o Local de Conciliación y Arbitraje, Tribunal Federal o Estatal de Conciliación y Arbitraje, Ministerio Público Federal o Estatal, Comisión Nacional o Estatal de Derechos Humanos, Empresas de Participación Estatal, Privadas y Particulares, Órganos Autónomos, Organismos Públicos Descentralizados y Desconcentrados, entre otras.
Que en ese sentido, se estima conveniente delegar las atribuciones de representación legal, intervención, tramitación y substanciación con que cuentan la Secretaría del Medio Ambiente, su Titular, las Unidades Administrativas, Comités, Comisiones y/o Servidores Públicos que la integran, a los servidores públicos adscritos a la Coordinación Jurídica de la Secretaría del Medio Ambiente, para que en el ámbito de sus respectivas facultades, atribuciones o funciones, puedan representar legalmente a la Secretaria del Medio Ambiente, su Titular, Unidades Administrativas, Comités, 2
Comisiones y/o Servidores Públicos que la integran, que en ejercicio de sus funciones haya dictado, ordenado, ejecutado o tratado de ejecutar actos jurídicos con las facultades de un apoderado general para pleitos y cobranzas y actos de administración, así como aquellas que requieran cláusula especial, conforme a las disposiciones en la materia.
En mérito de los expuesto y fundado, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN FACULTADES DE REPRESENTACIÓN LEGAL DE
DIVERSA ÍNDOLE DE LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE, A FAVOR DE LOS
SERVIDORES PÚBLICOS QUE A CONTINUACIÓN SE INDICAN.
ÚNICO: Se delega la representación legal de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México a los licenciados en Derecho Jorge Román Saldivar Guzmán, Luis Felipe Hernández Llop, Joel Velázquez Manzano, Yolanda Sánchez Hernández, José Ángel Contreras Valdés y Alejandra Ronquillo Carrasco, para que en el ámbito de sus respectivas facultades, atribuciones o funciones, realicen los actos siguientes:

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 17/11/2017 (Sección Quinta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

PaísMéxico

Fecha17/11/2017

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones918

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

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