Periódico Oficial del Estado de México del día 30/05/2022 (Sección Primera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Lunes 30 de mayo de 2022

Sección Primera
Tomo: CCXIII No. 96

PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO
ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO
Al margen Escudo de la LXI Legislatura del Estado de México, y una leyenda que dice: Auditoría Superior; y un logotipo que dice: OSFEM Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, Poder Legislativo Cuentas Claras, Mejores Gobiernos.

ACUERDO 07/2022 POR EL QUE SE REFORMA EL REGLAMENTO INTERIOR DEL ÓRGANO SUPERIOR DE
FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO.
Miroslava Carrillo Martínez, Auditora Superior del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, conforme a los artículos 116 fracción II párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 34, 61
fracciones XXXII, XXXIII, XXXIV y XXXV, 129 penúltimo párrafo, 130 y 130 bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 94 fracción I y 95 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México; 1, 3, 4, 6, 8 fracción XXXVI, 10, 13 fracciones I, II, XI y XXV, 21 y 26 fracción VIII de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México; 1 del Reglamento Interior del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México; y C O N S I D E R A N D O:
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las Legislaturas de los Estados contarán con entidades de fiscalización y, conforme a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, dotado de autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones, decide sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones. Asimismo, deberá fiscalizar las acciones del Estado y Municipios en materia de fondos, recursos estatales y deuda pública.
Que, para consolidar el cumplimiento de los objetivos institucionales, son importantes la evaluación permanente de sus procedimientos y la adecuación normativa al Reglamento Interior del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México.
Por tanto, para dar cumplimiento a la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, se emite la siguiente:
REFORMA AL REGLAMENTO INTERIOR DEL ÓRGANO SUPERIOR DE
FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman las fracciones XXXIII del artículo 6, VII del artículo 7, I, II, III, IV, V, VI, VIII, XI, XIII, XIV, XV del artículo 15, I, IV, V, VII, XI y XIII del artículo 16, I, II, III, IV, V, VII, IX, X y XI del artículo 17, XXIV del artículo 18, V del artículo 22, XV del artículo 24, XII y XIII del artículo 26, primer párrafo del artículo 29, inciso d de la fracción I del artículo 39, inciso d de la fracción I del artículo 40, inciso d de la fracción I del artículo 41, II del artículo 42, II del artículo 43, XI del artículo 44, I, IV, VI, VII y XVI del artículo 47, I, VI, VII, XI y XII del artículo 48, I, IV, VI, VII
y XI del artículo 50, y I, V y VI del artículo 52; se adicionan las fracciones XIII Bis y XXIII Bis del artículo 3, XV Bis del artículo 15, XVII Bis del artículo 16, XI Bis del artículo 17, XXV Bis del artículo 18, XLIII Bis del artículo 23, VIII Bis del artículo 45, IX Bis del artículo 46, segundo párrafo de la fracción XV del artículo 47 y el artículo 51 Bis; se derogan las fracciones VII y IX del artículo 15, II, VIII, IX, X, XII, XV y XVI del artículo 16, VI y VIII del artículo 17, XXV del artículo 26, XI y XII del artículo 31, XI y XII del artículo 32, XI del artículo 33, XIX del artículo 34, XII del artículo 35, XII
del artículo 36, X del artículo 43, VIII y XI del artículo 47 y II, IV, VII, VIII, X, XIII, XIV y XV del artículo 52.
Artículo 3.
I. a XIII.
XIII Bis. Etapa de Aclaración: Periodo para que la entidad fiscalizada aporte información y, en su caso, aclare o solvente el contenido de las observaciones derivadas de los actos de fiscalización.
XIV. a XXIII.
XXIII Bis. Proceso de atención a las recomendaciones: Periodo durante el cual la entidad fiscalizada entrega la evidencia documental de las mejoras realizadas o la justificación de su improcedencia.
XXIV. a XXXI.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 30/05/2022 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha30/05/2022

Nro. de páginas100

Nro. de ediciones5162

Primera edición03/01/2000

Ultima edición23/04/2024

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