Periódico Oficial del Estado de México del día 05/09/2019 (Sección Primera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

5 de septiembre de 2019

Página 159

2019. AÑO DEL CENTÉSIMO ANIVERSARIO LUCTUOSO DE EMILIANO ZAPATA SALAZAR. EL CAUDILLO DEL SUR.
EXPEDIENTE CI/CAEM/AU/08/2018
EDICTO
Se cita a garantía de audiencia Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 14 segundo párrafo, 16 primer párrafo y 109 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 3, 19 fracción XIV y 38 bis fracción XIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1, 2, 3 fracciones IV y VIII, 4, 42, 41, 43, 49, 52 primer párrafo, 59, 60, 63 y 91, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, 1, 2, fracción VI, 4, 26, 27 y 28 fracción V, del Reglamento Interior de la Secretaria de la Contraloría del Gobierno del Estado de México, publicado en la Gaceta del Gobierno el doce de febrero de dos mil ocho, vigentes en el momento en que ocurrieron los hechos; 37 fracción VII en correlación con el Transitorio TERCERO del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría publicado en la Gaceta del Gobierno del veintidós de noviembre de dos mil dieciocho; 1, 3, 107, 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO y CUARTO fracción II del Acuerdo del Ejecutivo del Estado, por el que se establecen los Órganos de Control Interno en las Dependencias y Procuraduría General de Justicia de la Administración Pública Estatal, como unidades administrativas dentro de la estructura orgánica de éstas y bajo la coordinación directa y funcional de la Secretaría de la Contraloría, dentro del Sistema Estatal de Control y Evaluación Gubernamental, publicado en la Gaceta del Gobierno el trece de diciembre de mil novecientos noventa y tres; CUARTO fracción II y SÉPTIMO del Acuerdo por el que se reforma y adiciona el diverso acuerdo antes mencionado, publicado en la Gaceta del Gobierno el veintidós de diciembre de mil novecientos noventa y ocho; apartado 229B11000 guión tres, del Manual General de Organización de la Comisión del Agua del Estado de México, publicado en la Gaceta del Gobierno el veinte de septiembre del dos mil dieciséis, se hace del conocimiento a la C. HILDA DEL CARMEN LEE FAVIEL que se le cita para que comparezca de manera personal el veintitrés de septiembre de dos mil diecinueve, a las 10:00 horas, en las oficinas que ocupa este Órgano Interno de Control de la Comisión del Agua del Estado de México, ubicadas en Parque de la Malinche diecisiete, Colonia El Parque, Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México.
Lo anterior, a efecto de llevar a cabo el desahogo de la GARANTÍA DE AUDIENCIA, prevista en el artículo 59 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, vigente en la época de los hechos, con relación a la presunta irregularidad administrativa disciplinaria que se le atribuye, consistente en que usted en su carácter de Jefa del Departamento de Saneamiento de la Dirección General del Programa Hidráulico, designada Residente de Servicios Relacionados con la Obra Pública, derivada de la auditoría número MEX/FID-CAEM/062-0079-2017, no cumplió con la máxima diligencia el servicio que le fue encomendado al omitir registrar en la Bitácora Electrónica, la autorización de la estimación única de cada estudio ambiental considerado en el contrato número CAEM-DGIG-FID-169-16-CS, así mismo, haber aperturado la Bitácora Electrónica, el día trece de octubre de dos mil dieciséis y no asentar avance alguno del servicio en cuestión hasta después de veinticinco días naturales, siendo el día 7 y 8 de noviembre del mismo año los únicos días en los que se registraron avances del servicio transgrediendo el plazo establecido en referido contrato para el registro de los avances del servicio. Por lo que, con su omisión, se estima que incumplió lo dispuesto en el artículo 125 fracción I, inciso b, del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; guión 8 del apartado 229B23203 del Manual General de Organización de la Comisión del Agua del Estado de México, publicado en la Gaceta del Gobierno, el veinte de septiembre de dos mil dieciséis; Cláusula Décima Séptima del Contrato de Servicios Relacionados con la Obra Pública número CAEM-DGIG-FID-169-16-CS.
Dado lo anterior, con su omisión se estima que presuntamente infringe las obligaciones previstas en las fracciones I y XXII del artículo 42 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, aplicable en la época de los hechos, que disponen Asimismo, se hace de su conocimiento que durante el desahogo de su garantía de audiencia, usted tiene el derecho de formular manifestaciones, ofrecer pruebas y alegar lo que a sus intereses convenga por sí o por medio de su defensor, debidamente acreditado, respecto de los hechos que se le atribuyen y que pueden ser causa de responsabilidad administrativa; diligencia en la cual conforme a lo dispuesto por el artículo 59 fracción I párrafo tercero, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios vigente en el momento en que ocurrieron los hechos, podrá ser interrogada sobre los hechos y circunstancias motivo del presente procedimiento, apercibiéndola que para el caso de no comparecer el día y hora señalados, se le tendrá por satisfecha su garantía de audiencia, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 30 y 129 fracción III del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Por otra parte, se le comunica que en términos del artículo 20 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, el expediente citado al rubro, se encuentra a su disposición, para su consulta en el Área de Responsabilidades de este Órgano Interno de Control, y que en la celebración de la audiencia, deberá presentar identificación oficial vigente con fotografía INE, pasaporte o cédula profesional, asimismo, con fundamento en los artículos 26 y 116 fracción III del ordenamiento legal en mención, se le requiere para que señale domicilio dentro del territorio estatal, apercibida que para el caso de no hacerlo, las notificaciones subsecuentes, aún las de carácter personal, se realizarán por estrados, ubicados en sitio abierto de las oficinas de este Órgano Interno de Control, conforme a lo dispuesto en el artículo 25 fracción III del mencionado Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
ATENTAMENTE
El Titular del Órgano Interno de Control de la Comisión del Agua del Estado de México Lic. Juan José Vela Martínez Rúbrica En términos del artículo 25, fracción II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, publíquese por una sola ocasión en la Gaceta del Gobierno y en un periódico de circulación estatal o nacional.
4087.-5 septiembre.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 05/09/2019 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha05/09/2019

Nro. de páginas160

Nro. de ediciones5162

Primera edición03/01/2000

Ultima edición23/04/2024

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