Periódico Oficial del Estado de México del día 09/08/2019 (Sección Primera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Página 46

9 de agosto de 2019
EXPEDIENTE:
POBLADO:
MUNICIPIO:
ESTADO:

1444/2018
SAN PEDRO DE LOS METATES
ACAMBAY
MÉXICO

EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS
Toluca, México; a trece de junio de dos mil diecinueve.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 173 de la Ley Agraria, se ordena emplazar por medio de EDICTOS a PABLO MARTÍNEZ
QUINTERO, haciendo de su conocimiento que GERARDO ÁLVAREZ MARTÍNEZ, le demanda:

La nulidad o inexistencia del contrato de cesión de derechos parcelarios de veinticinco de enero del dos mil trece, respecto de la parcela 280 Z1 P1/1, y 334 Z1 P1/1, del núcleo agrario comunidad de SAN PEDRO DE LOS METATES, MUNICIPIO DE ACAMBAY, ESTADO DE
MÉXICO.

En ampliación de demanda:

La declaración que corresponde a GERARDO ÁLVAREZ MARTÍNEZ, el mejor derecho a poseer, usar y disfrutar las parcelas 280 Z1 P1/1, y 334 Z1 P1/1, del núcleo agrario comunidad de SAN PEDRO DE LOS METATES, MUNICIPIO DE ACAMBAY, ESTADO DE MÉXICO.
La declaración que PABLO MARTÍNEZ QUINTERO, no tiene ningún derecho a poseer, usar y disfrutar las parcelas 280 Z1 P1/1, y 334 Z1
P1/1, del núcleo agrario comunidad de SAN PEDRO DE LOS METATES, MUNICIPIO DE ACAMBAY, ESTADO DE MÉXICO.
La entrega física y legal a favor de GERARDO ÁLVAREZ MARTÍNEZ, de las parcelas 280 Z1 P1/1, y 334 Z1 P1/1, del núcleo agrario comunidad de SAN PEDRO DE LOS METATES, MUNICIPIO DE ACAMBAY, ESTADO DE MÉXICO.

Que deberá comparecer a la audiencia de ley a celebrarse las DIEZ HORAS DEL DÍA VEINTICUATRO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL
DIECINUEVE, en la sala de audiencia de este Tribunal Unitario Agrario Distrito ubicado en CALLE RAFAEL M. HIDALGO, ESQUINA BOLIVIA 327, COLONIA AMÉRICAS, TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, en la que deberá dar contestación a la demanda, oponer las excepciones y defensas de su interés y ofrecer pruebas y señalar domicilio en esta ciudad de Toluca, Estado de México, apercibida que de no comparecer a dicha diligencia, se declarará por perdido su derecho a dar contestación a la demanda, a ofrecer pruebas oponer excepciones y defensas y se ordenará que las subsecuentes notificaciones aun las de carácter personal, le sean practicadas en los estrados de este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 173, 180 y 185 fracción V de la Ley Agraria------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ATENTAMENTE
LA SECRETARIA DE ACUERDOS
DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO
DISTRITO 24
LIC. E. ALEJANDRA GUEVARA HERNANDEZ
RÚBRICA.
3581.-9 y 23 agosto.

EXPEDIENTE:
POBLADO:
MUNICIPIO:
ESTADO:

1445/2018
SAN PEDRO DE LOS METATES
ACAMBAY
MÉXICO

EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS
Toluca, México; a trece de junio de dos mil diecinueve.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 173 de la Ley Agraria, se ordena emplazar por medio de EDICTOS a PABLO MARTÍNEZ
QUINTERO, haciendo de su conocimiento que GERARDO ÁLVAREZ MARTÍNEZ, le demanda:
La nulidad o inexistencia del contrato de cesión de derechos parcelarios de veinticinco de enero del dos mil trece, respecto de la parcela 278 Z1 P2/2, del ejido de SAN PEDRO DE LOS METATES, MUNICIPIO DE ACAMBAY, ESTADO DE MÉXICO.
En ampliación de demanda:
La declaración que corresponde a GERARDO ÁLVAREZ MARTÍNEZ, el mejor derecho a poseer, usar y disfrutar la parcela 278 Z1 P2/2, del ejido de SAN PEDRO DE LOS METATES, MUNICIPIO DE ACAMBAY, ESTADO DE MÉXICO.
La declaración que PABLO MARTÍNEZ QUINTERO, no tiene ningún derecho a poseer, usar y disfrutar la parcela 278 Z1 P2/2, del ejido de SAN PEDRO DE LOS METATES, MUNICIPIO DE ACAMBAY, ESTADO DE MÉXICO.
La entrega física y legal a favor de GERARDO ÁLVAREZ MARTÍNEZ, de la parcela 278 Z1 P2/2, del ejido de SAN PEDRO DE LOS
METATES, MUNICIPIO DE ACAMBAY, ESTADO DE MÉXICO.
Que deberá comparecer a la audiencia de ley a celebrarse las ONCE HORAS DEL DÍA VEINTICUATRO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL
DIECINUEVE, en la sala de audiencia de este Tribunal Unitario Agrario Distrito ubicado en CALLE RAFAEL M. HIDALGO, ESQUINA BOLIVIA 327, COLONIA AMÉRICAS, TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, en la que deberá dar contestación a la demanda, oponer las excepciones y defensas de su interés y ofrecer pruebas y señalar domicilio en esta ciudad de Toluca, Estado de México, apercibida que de no comparecer a dicha diligencia, se declarará por perdido su derecho a dar contestación a la demanda, a ofrecer pruebas oponer excepciones y defensas y se ordenará que las subsecuentes notificaciones aun las de carácter personal, le sean practicadas en los estrados de este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 173, 180 y 185 fracción V de la Ley Agraria-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ATENTAMENTE
LA SECRETARIA DE ACUERDOS
DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO
DISTRITO 24
LIC. E. ALEJANDRA GUEVARA HERNANDEZ
RÚBRICA.
3580.-9 y 23 agosto.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 09/08/2019 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha09/08/2019

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones5182

Primera edición03/01/2000

Ultima edición23/05/2024

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