Periódico Oficial del Estado de México del día 05/08/2019 (Sección Primera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Página 2

5 de agosto de 2019

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

Oficina del Gobernador
ALEJANDRO OZUNA RIVERO, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, EN
EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 3, 15, 19 FRACCIÓN I Y 21
FRACCIONES VI Y XXXIII DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE
MÉXICO; Y CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 16 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES
ADMINISTRATIVAS; 17 DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y
MUNICIPIOS; 5 DE LA LEY DEL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS;
DISPOSICIÓN CUARTA DE LA GUIA PARA LA ELABORACIÓN DE LOS CÓDIGOS DE CONDUCTA Y REGLAS
DE INTEGRIDAD DE LAS DEPENDENCIAS Y ORGANISMOS AUXILIARES DEL ESTADO DE MÉXICO;
ARTÍCULO 1 Y 6 FRACCIONES XXX Y XXXV DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA GENERAL DE
GOBIERNO; Y, CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, toda persona servidora pública sin perjuicio de sus derechos y obligaciones laborales deberá observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público.
Que el artículo 5 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, establece que los principios rectores del servicio público son: legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, equidad, transparencia, economía, integridad, competencia por mérito y rendición de cuentas. Lo anterior, considerando que el objetivo de la Ley en cita es establecer los mecanismos que permitan dar cuenta del cumplimiento de los principios que rigen el servicio público, así como las acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de las personas servidoras públicas.
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017- 2023, en su Eje Transversal 2, denominado: Gobierno Capaz y Responsable, contempla como Objetivo 5.5 Promover Instituciones de Gobierno Transparentes y que Rindan Cuentas. Asimismo, se establece como estrategia para tal fin la 5.5.2: Fortalecer el programa de servicio público sustentado en principios y valores éticos de las y los servidores públicos.
Que en febrero de 2016 se instaló el Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses de la Secretaría General de Gobierno, el cual entre otros trabajos, elaboró un Código de Conducta de los servidores públicos de la Secretaría General de Gobierno, publicado el 18 de julio de 2016, en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno mismo que integró todo un conjunto de valores y principios para guiar la actuación pública de esta dependencia, constituyendo parte los cimientos de una administración pública eficiente, honesta y transparente.
Que en fecha 30 de enero de 2018, se renovó el Comité de Ética y de Prevención Conflicto de Intereses de la Secretaría General de Gobierno para el periodo 2018-2020, el cual aprobó su Programa Anual de Trabajo, en fecha 22 de marzo del mismo año, que incluyó la actualización del Código de Conducta existente, conforme a las disposiciones emitidas por la Secretaría de la Contraloría, publicándose en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del 21 de noviembre de 2018.
Que en fecha 12 de octubre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; el cual detenta observancia obligatoria, así como aplicación de carácter general, para los entes públicos de todos los órdenes de gobierno, lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; a través de las Secretarías y los Órganos Internos de Control.
Que en congruencia con lo anterior, la Secretaría de la Contraloría el 2 de abril de 2019, publicó en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, el Acuerdo por el que se emite el Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México y sus Organismos Auxiliares, que en su artículo Cuarto Transitorio menciona, que las dependencias y organismos auxiliares deberán emitir su Código de Conducta observando lo

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 05/08/2019 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha05/08/2019

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones5162

Primera edición03/01/2000

Ultima edición23/04/2024

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