Periódico Oficial del Estado de México del día 18/07/2019 (Sección Primera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Página 2

18 de julio de 2019

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
LICENCIADO ALFREDO DEL MAZO MAZA, Gobernador Constitucional del Estado de México, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 77, fracciones II, IV, XXVIII y LI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2 y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, y CONSIDERANDO
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 constituye el documento rector que rige con visión de largo plazo la Administración Pública Estatal, para cumplir los compromisos de las políticas públicas que se han implementado.
Que el Plan de mérito integra tres grandes ejes que fortalecen el Estado de Derecho en la entidad: garantizar la seguridad con una visión ciudadana, impartir justicia en todas sus áreas y promover el respeto a los derechos humanos, actuando siempre dentro del marco de la ley.
Que en ese sentido, uno de los objetivos del Gobierno a mi cargo, es continuar en el proceso de consolidación de una gestión pública más cercana a la ciudadanía y con capacidad para responder de manera oportuna y eficiente a las demandas de la población, a través de la modernización de la administración pública, que implica la evaluación permanente de sus procedimientos y estrategias, a fin de consolidar al cumplimiento de los objetivos institucionales y replantear las que resulten insuficientes para tal propósito, aprovechando en todo momento las oportunidades de mejora, lo que implica la adecuación del marco jurídico de actuación de las autoridades.
Que el Reglamento de Tránsito del Estado de México tiene como objeto establecer las normas a las que deberá sujetarse el tránsito de peatones y el de vehículos en vías de jurisdicción estatal y en aquellas de carácter federal, cuya vigilancia y control convengan con la Federación.
Que el Reglamento referido establece las obligaciones de los conductores de vehículos automotores, entre las que se encuentra el respetar el carril derecho de circulación, así como el carril de contraflujo exclusivo para vehículos de transporte público.
Que la invasión a los carriles confinados de los Sistemas Mexibús han provocado diversos accidentes que impiden la operación correcta, incrementando los tiempos de traslado, gastos de operación y pérdidas humanas, por lo que resulta necesario establecer como obligación de los conductores de vehículos automotores, el respetar los carriles, derecho de circulación y de contraflujo o confinado, para los vehículos de transporte público, masivo o de alta capacidad, así como prohibir la invasión o estacionamiento de cualquier clase de vehículos.
Que en estricta observancia a los artículos 80 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, este instrumento jurídico se encuentra debidamente refrendado por la Secretaria de Seguridad, Maestra Maribel Cervantes Guerrero y por el Secretario de Comunicaciones, Licenciado Luis Gilberto Limón Chávez.
En virtud de lo antes expuesto y fundado, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES
DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO DEL ESTADO DE MÉXICO.
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma la fracción VII del artículo 90, XVI del artículo 100, IV del artículo 118, las tablas segunda, quinta, décima y décima primera del artículo 122 y se deroga la fracción I del artículo 118 del Reglamento de Tránsito del Estado de México, para quedar como sigue:
Artículo 90.
I. a VI.
VII. Respetar los carriles, derecho de circulación y de contraflujo o confinado, para los vehículos de transporte público, masivo o de alta capacidad.
VIII. a XXIX.
Artículo 100.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 18/07/2019 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha18/07/2019

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones5182

Primera edición03/01/2000

Ultima edición23/05/2024

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