Periódico Oficial del Estado de México del día 20/07/2011 (Sección Octava)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Octava)

GACETA

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Página 3

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Toluca de Lerdo, México, a 14 de julio de 2011.

C. DI UTADO SECRETARIO
DE DIPUTACIÓN PERMANENTE
DE H. "LVII" LEGISLATURA
DEL STADO DE MÉXICO
PRE ENTE
En eje cicio de las atribuciones que nos confieren el artículo 51, fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Sober no de México, y con fundamento en los artículos 28 fracción I y 79 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estad Libre y Soberano de México, las fracciones Legislativas del Partido Revolucionario Institucional, del Partido Nueva Alian y del Partido Verde Ecologista de México, sometemos a la consideración de esa Honorable Legislatura, por su digno onducto, Iniciativa que reforma el artículo 17 y 48 fracción XV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, que cntiene como fundamento la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artí ulo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su primer párrafo establece que los Estad s adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo y popular; teniendo como base d su división territorial y de su organización política y administrativa el Municipio Libre, así mismo señala que cada Munic io será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el núme de regidores y síndicos que la ley determine.
En tér inos del artículo 112 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado, es el municipio libre.
Los ay ntamientos se integran con un jefe de asamblea que se denomina Presidente Municipal, y con varios miembros más llamad s Síndicos y Regidores, cuyo número se determinará en razón directa de la población del municipio que repres nten, además de los electos según el principio de representación proporcional de acuerdo a los requisitos y reglas de asi nación que establece la ley de la materia.
Media te Decreto número 164, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta de Gobierno" el 2 de Marzo de 1993, se expidió la Ley rgánica Municipal del Estado de México, la cual es de interés público y tiene por objeto regular las bases para la integr ción y organización del territorio, la población, el gobierno y la administración pública municipales, en su artículo 17
señala que el día quince de diciembre de cada año, el ayuntamiento se constituirá solemnemente en cabildo público, a efecto de que el Presidente Municipal informe por escrito acerca de la gestión administrativa del cuerpo edilicio, relativos a los versos ramos de la gestión y aplicación del ejercicio presupuestal; así mismo lo realizado respecto del plan munici al, de igual forma en su artículo 48 fracción XV estipulaba como atribución del Presidente informar por escrito al ayunta iento, el quince de diciembre de cada año, en sesión solemne de cabildo, del estado que guarda la administración munici al y de labores realizadas durante el ejercicio.
El Decreto número 72, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta de Gobierno" el 27 de febrero de 1995, reformó a la Consti ución Política del Estado Libre y Soberano de México, en su artículo 128 fracción VI, que establece que el informe se ren e irá al ayuntamiento el I de agosto de cada año.
Por o o lado el Decreto número 195, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta de Gobierno" el 1 I de agosto del 2000, refor o la Ley Orgánica Municipal en su artículo 17 donde menciona que el día I de agosto de cada año, el ayuntamiento se co tituirá solemnemente en cabildo público, a efecto de que el Presidente Municipal informe por escrito acerca del estado que guarda la administración pública municipal y de las labores realizadas durante el ejercicio, así mismo en su artícul 48 fracción XV establece que debe informar por escrito al ayuntamiento, el I de agosto de cada año, en sesión solem e de cabildo, del estado que guarda la administración pública municipal y de las labores realizadas durante el ejercic o.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 20/07/2011 (Sección Octava)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Octava)

PaísMéxico

Fecha20/07/2011

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones109

Primera edición31/03/2000

Ultima edición19/12/2018

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