Periódico Oficial del Estado de México del día 20/04/2018 (Sección Novena)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

Página 12

20 de abril de 2018

SEGUNDO. Acreditada la causa de utilidad pública y la idoneidad de la superficie de 33,298.681 metros cuadrados de los bienes inmuebles individualizados en el resultando segundo, se decreta la expropiación de los mismos, a favor del Organismo Público Descentralizado Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México.
TERCERO. El monto del pago de indemnización por la expropiación de los inmuebles afectados fue realizado en base a lo determinado por el Instituto de Información e Investigación Geográfica, Estadística y Catastral del Estado de México, a través del Organismo Público Descentralizado Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México.
CUARTO. El tiempo en que se deberá destinar los inmuebles afectados para la construcción de la Autopista Tenango Ixtapan de la Sal, en su etapa de ampliación y modernización será de cinco años, una vez que se tenga posesión de la superficie expropiada.
QUINTO. Publíquese el presente Decreto Expropiatorio en el periódico oficial Gaceta del Gobierno, del Estado de México, mismo que entrará en vigor el mismo día de su publicación.
SEXTO. Notifíquese este Decreto a quien o quienes tengan derecho, en términos del artículo 12 de la Ley de Expropiación para el Estado de México y por oficio al Organismo Público Descentralizado Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México.
SÉPTIMO. Inscríbase el presente Decreto en el Instituto de la Función Registral del Estado de México, a favor del Organismo Público Descentralizado Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México, en razón de que la propiedad de la superficie expropiada le ha sido transmitida.
OCTAVO. Ejecútese este Decreto de Expropiación en términos de Ley.
En estricta observancia a los artículos 80 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 7, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, este instrumento se encuentra debidamente firmado por el Licenciado Luis Gilberto Limón Chávez, Secretario de Comunicaciones del Estado de México.
Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los seis días del mes de abril del año dos mil dieciocho.
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
LIC. ALFREDO DEL MAZO MAZA
RÚBRICA.
LICENCIADO LUIS GILBERTO LIMÓN CHÁVEZ
SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 20/04/2018 (Sección Novena)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

PaísMéxico

Fecha20/04/2018

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones67

Primera edición27/02/2004

Ultima edición19/12/2018

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