Periódico Oficial de Zacatecas del 13/3/2019

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Fuente: Periódico Oficial de Zacatecas

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PERIODICO OFICIAL No. 21

EDICTO
En el JUICIO CIVIL ORDINARIO DE DIVORCIO NECESARIO, marcado con el número 443/2016, promovido por el licenciado JOSE ABRAHAM DORADO BADILLO endosatario en procuración de OMAR
DORADO BADILLO en contra de JESÚS VITAL GONZÁLEZ, el Juzgado Segundo de Primera Instancia y de lo Familiar dispuso:
Sáquese a remate, en publica y subasta en PRIMERA ALMONEDA y al mejor postor, siendo la postura legal, el valor fijado por el perito nombrado por la parte actora, ciudadano FÉLIX HUGO CISNEROS
GARCIA, señalándose para tal efecto las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA DOCE DE
ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.
REMATESE:
Un bien inmueble que consiste en una camioneta marca FORD RANGER, color blanco, placas ZE86145, del estado de Zacatecas, modelo 1989, serie número 1FTCR10T8KUC73315, capacidad tonelada y media, dos puertas, PICK UP, fijándose como postura legal la CANTIDAD DE $13,000.00 TRECE MIL PESOS
00/100 M.N.
Expídase su publicación por dos veces consecutivas, debiendo mediar entre la primera y la segunda publicación, un lapso de tres días, y entre la última publicación y la fecha de remate en el periódico Oficial de Gobierno del Estado y uno de mayor circulación, estrados, Recaudación de Rentas y en la puerta del inmueble objeto de embargo.
Rio Grande, Zacatecas, 27 de febrero de 2019.
SECRETARIO DE ACUERDOS
LIC. JOEL OMAR LOPEZ GOMEZ.
Partida de Pago No. 19956849 20 21
Folio No.01028

Fe De Erratas Reglamento de Panteones Villanueva, Zac.
En relación al Artículo 8 y 17 del Reglamento de Panteones del Municipio de Villanueva, publicado el día 06 de marzo del año 2019 en el Periódico Oficial, Órgano de Gobierno del Estado de Zacatecas, en el Tomo CXX-VII, Suplemento Numero 44.
Dice:
Artículo 8.- Cualquier persona tiene derecho de adquirir uno o varios espacios físicos en los panteones, sean éstos municipales o concesionados, previo pago que hagan sobre la misma ante la tesorería municipal o a la empresa concesionaria.
Debe decir:
Artículo 8.- Cualquier persona tiene derecho de adquirir uno o varios espacios físicos en los panteones no más de tres, sean éstos municipales o concesionados, previo pago que hagan sobre la misma ante la tesorería municipal o a la empresa concesionaria.
Dice:
Artículo 17.- El Servicio Público de panteones podrá concesionarse para su explotación a personas físicas y morales en los términos de los artículos 116 y 120 de la Ley Orgánica del municipio y los artículos 73, 74, 75 y 76 previstos en el Bando de Policía y Gobierno del municipio.
Las Concesiones que en su caso otorgue el Ayuntamiento para la prestación de Servicio Público de panteones, se otorgarán por un plazo máximo de veinte años prorrogables a juicio del Ayuntamiento y previa autorización de la Legislatura del Estado.
Debe decir:
miércoles 13 de marzo de 2019

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Zacatecas del 13/3/2019

TítuloPeriódico Oficial de Zacatecas

PaísMéxico

Fecha13/03/2019

Nro. de páginas73

Nro. de ediciones749

Primera edición20/08/2014

Ultima edición29/05/2024

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