Periódico Oficial de Tlaxcala del 12/4/2023

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala

Página 18

Periódico Oficial No. 15 Primera Sección, Abril 12 del 2023

Artículo 82. Las personas que violen el presente Reglamento y sean sorprendidas al momento de cometer la infracción, serán remitidas por la Policía Preventiva Municipal ante el Juez Municipal.
Artículo 83. El Juez Municipal en turno, registrará el ingreso del infractor por faltas cometidas al presente Reglamento y dará inmediato conocimiento al Presidente de la Comisión de Bienestar Animal, para darlo de alta en el Registro de tutores irresponsables de animales, y una vez que el infractor cumpla con las horas de arresto impuestas, éste permitirá realizar una inspección en su domicilio para verificar que los animales que estén bajo su cuidado, se encuentren en un estado de salud óptimo.

establecidas en el presente reglamento, ponderando el censo y la concientización en los diferentes niveles educativos.
Dado en la reunión de cabildo del Honorable Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas, Tlaxcala; a los ocho días del mes de agosto, del año dos mil veintidós.

Artículo 84. Cuando el infractor tenga el carácter de reincidente, el importe de la multa podrá ser de hasta tres veces el monto inicialmente impuesto.
Artículo 85. Las notificaciones de las resoluciones administrativas, emitidas por las Autoridades del Municipio en términos del Reglamento, serán de carácter personal.
Artículo 86. Cuando la persona a quien deba hacerse la notificación no esté presente, se le dejará citatorio para que esté a una hora determinada del día hábil siguiente, apercibiéndolas de que, de no encontrarse, se entenderá la visita con quien se encuentre presente, siempre y cuando sea una persona mayor de edad, que pueda identificarse a satisfacción del personal del municipio.
Artículo 87. Las notificaciones se harán en días y horas hábiles, pudiéndose habilitar estos; derivado de razón fundada e imposibilidad de localizar al tutor o responsable.

TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SEGUNDO. El Municipio, en un lapso de 30 días naturales a partir de la publicación del presente Reglamento, pondrá en marcha los planes y estrategias para cumplir con las disposiciones
PUBLICACIONES OFICIALES

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 12/4/2023

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala

PaísMéxico

Fecha12/04/2023

Nro. de páginas17

Nro. de ediciones516

Primera edición12/01/2011

Ultima edición19/04/2023

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