Periódico Oficial de Tlaxcala del 28/9/2022
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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala
Periódico Oficial No. 39 Primera Sección, Septiembre 28 del 2022
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PRESIDENTE MUNICIPAL
Descripción del Puesto El Presidente Municipal es el representante político y jefe administrativo del gobierno Municipal, responsable de la ejecución de las decisiones y acuerdos emanados del cabildo, y será la persona encargada de hacer valer sus derechos y obligaciones con la finalidad de obtener un beneficio en bien de la comunidad.
Objetivo Conducir la administración del gobierno con honestidad y compromiso impulsando la participación ciudadana a fin de lograr confianza en la comunidad.
Misión Administrar con eficacia y eficiencia los recursos públicos, en coordinación con las dependencias de gobierno y la participación de los servidores públicos, a fin de cumplir con las funciones de acuerdo a la ley correspondiente proporcionando a la comunidad una infraestructura que mejore su entorno y calidad de vida.
Visión Ser reconocidos por la comunidad como una administración transparente, innovadora, equitativa y democrática, contando con personal confiable, responsable, capaz y con experiencia suficiente para desempeñar su puesto, distinguiéndose por la mejoría en la calidad de servicios, promoviendo la participación ciudadana a fin de dar respuesta a sus necesidades.
Atribuciones
Presentar a consideración del H. Ayuntamiento y aprobados que fueren, promulgar y publicar el Bando de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general necesarios para la buena marcha de la administración pública Municipal.
Presidir las sesiones del H. Ayuntamiento, con voz y voto en las discusiones y voto de calidad en caso de empate, así como convocar a los miembros del H. Ayuntamiento para la celebración de las sesiones ordinarias, extraordinarias y solemnes
Nombrar al Secretario Municipal, al Tesorero Municipal y al Titular de Seguridad Pública
Proponer ante el Cabildo para su aprobación, los nombramientos de los servidores públicos a que se refiere la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala.
Vigilar la recaudación en todos los ramos de la hacienda municipal, cuidando que la inversión de los fondos Municipales se haga con estricto apego a la Ley de ingresos aprobada por el Congreso del Estado.