Periódico Oficial de Tlaxcala del 20/4/2022

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala

Periódico Oficial No. 16 Primera Sección, Abril 20 del 2022

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coordinación, supervisión, vigilancia o fiscalización y no podrán estar afiliados al sindicato 7 de Mayo y Liberación 4 de Octubre, su categoría dependerá de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se le dé al puesto, siendo entre otros : el Secretario del Ayuntamiento, el Secretario Particular del Presidente Municipal, el chofer del presidente, el Director de obras Públicas, el Tesorero Municipal, el Director de Servicios Municipales, el Asesor Jurídico, los Asesores técnicos de la Presidencia Municipal, comandantes, oficiales de policía y tránsito y demás directores, coordinadores y subdirectores de área encargados de un servicio público o social
III.

Presentar solicitud de trabajo, proporcionando los datos que le requiera el H. Ayuntamiento;

IV.

Presentar identificación oficial.

V.

En caso de ser ministro de algún culto religioso, no estar en activo.

VI.

No haber sido condenado por delito intencional que amerité pena privativa de libertad, ni estar suspendido de sus derechos civiles y políticos o estar cumpliendo sentencia condenatoria dictada por autoridad judicial competente.

ARTICULO 7

VII. Tener la capacidad y aptitud, así como los estudios que el puesto requiera, en caso de que el puesto no requiera de estudios especializados, haber terminado la secundaria; y,
Es trabajador temporal todo aquel que preste o desempeñe sus servicios a favor del municipio, que no tengan nombramiento de planta y su contratación sea por tiempo fijo o por obra determinada y no podrán estar afiliados al sindicato 7 de mayo y Liberación 4 de octubre.

VIII. Las de más que sean aplicables a este reglamento interno con apego a derecho.

ARTICULO 8

ARTICULO 11

Tratándose del personal de confianza, podrán ocuparse en el servicio público todas aquellas personas que acrediten tener la capacidad laboral para desempeñar el puesto al que aspiran.

Cuando se trate de puestos que requieran conocimientos técnicos o profesionales específicos, el solicitante, deberá presentar el certificado o Titulo correspondiente expedido por la autoridad escolar legalmente facultada para ello.

ARTICULO 9
Para personal de base sindicalizado, solo podrán ingresar al servicio de la administración pública municipal aquellas personas que reúnan los requisitos establecidos en las condiciones generales de trabajo que tiene celebrado la Presidencia con el Sindicato 7 de mayo y liberación 4 de octubre y sean reconocidos como agremiados del mismo.
ARTICULO 10
Para ingresar a laborar en el Honorable Ayuntamiento de Tetlatlahuca se deberán reunir los siguientes requisitos:
I.

ARTICULO 12
El H. Ayuntamiento tendrá en todo tiempo, el derecho de verificar la fidelidad de los documentos exhibidos, queda estrictamente prohibido hacer distinción de género, por tanto, quienes reúnan los requisitos para el puesto no podrán ser objeto de discriminación en razón al sexo, religión, condición social, embarazo o preferencias sexuales.

CAPITULO II
DE LAS DIRECCIONES DEL H.
AYUNTAMIENTO

Ser mayor de 18 años;
ARTICULO 13

II. Ser de nacionalidad mexicana;

El H. Ayuntamiento se conformará por las siguientes direcciones o unidades administrativas:

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 20/4/2022

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala

PaísMéxico

Fecha20/04/2022

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones575

Primera edición12/01/2011

Ultima edición22/05/2024

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