Periódico Oficial de Tlaxcala del 25/9/2019

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala

Página 4

Periódico Oficial No. 39 Primera Sección, Septiembre 25 del 2019

PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE APETATITLAN DE ANTONIO CARVAJAL, TLAXCALA
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019
ÚNICO. Se aprueba el Presupuesto de Egresos del Municipio de Apetatitlan de Antonio Carvajal, para el Ejercicio Fiscal 2019, para quedar como sigue:
TÍTULO PRIMERO
DE LAS ASIGNACIONES DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE
APETATITLAN DE ANTONIO CARVAJAL, TLAXCALA
CAPÍTULO I
Disposiciones generales Artículo 1.- El presente decreto tiene como objeto integrar la información presupuestal con base en lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y especificar de forma clara las regulaciones del ejercicio presupuestario que se encuentran contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 91 fracción IV párrafo quinto de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; artículo 269, 275 y 285 del Código Financiero para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala y sus Municipios; y artículos 33 fracción IV, 35, 36, 37, 38 y 41 fracción II de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala y demás legislación aplicable a la materia.
En la ejecución del gasto público se deberá considerar como eje articulador el Plan Municipal de Desarrollo 2017-2021 y el Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021 tomando en cuenta los compromisos, los objetivos y las metas contenidos en los mismos.
Será responsabilidad de la Tesorería Municipal del Municipio de Apetatitlan de Antonio Carvajal, Tlaxcala, en el ámbito de sus respectivas competencias, cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en el presente decreto.
La interpretación del presente documento para efectos administrativos, corresponde a la Tesorería de Apetatitlan de Antonio Carvajal, Tlaxcala, en el ámbito de sus atribuciones, conforme a las disposiciones y definiciones que establezca el Código Financiero para los Municipios del Estado de Tlaxcala y la Ley Municipal para el Estado de Tlaxcala. Lo anterior, sin perjuicio de la interpretación que corresponda a otras autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo 2.- Para los efectos de este Decreto se entenderá por:
I.

Adquisiciones públicas: toda clase de convenios o contratos, cualquiera que sea su denominación legal, que el municipio, sus dependencias o entidades celebren para la compra de insumos, materiales, mercancías, materias primas y bienes muebles que tengan por objeto cubrir las necesidades comunes de las dependencias de la Administración Pública Municipal, así como aquellos bienes necesarios para la realización de funciones específicas.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 25/9/2019

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala

PaísMéxico

Fecha25/09/2019

Nro. de páginas39

Nro. de ediciones575

Primera edición12/01/2011

Ultima edición22/05/2024

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