Periódico Oficial de Tlaxcala del 19/6/2019

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala

Página 2

Periódico Oficial No. 25 Primera Sección, Junio 19 del 2019

En el encabezado un logo con el Escudo de Tlaxcala.
TLX. Construir y Crecer Juntos. Gobierno del Estado de Tlaxcala. 2017-2021. ITPCD. Instituto Tlaxcalteca para Personas con Discapacidad.
MAESTRA MARÍA DEL CARMEN MAZARRASA
CORONA, DIRECTORA
GENERAL
DEL
INSTITUTO TLAXCALTECA PARA PERSONAS
CON DISCAPACIDAD, CON FUNDAMENTO EN
LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 53 DE LA
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DEL ESTADO, 2, 29, 30 FRACCIONES
I, IV Y XI DE LA LEY DE ENTIDADES
PARAESTATALES
DEL
ESTADO
DE
TLAXCALA, 88, 89 y 90 DEL PRESUPUESTO DE
EGRESOS DEL ESTADO DE TLAXCALA PARA
EL EJERCICIO FISCAL 2019 Y 61 Y 62 DE LA
LEY PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN
EL ESTADO DE TLAXCALA; Y

CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo establece los objetivos nacionales, estrategias y prioridades del desarrollo integral y sustentable del país, siendo el principal objetivo que el país se integre por una sociedad con equidad, cohesión social e igualdad sustantiva.
Que el Plan Estatal de Desarrollo 2017 2021, establece en su política 2. Inclusión e Integración Social, en el sector 2.1 Educación pertinente, salud de calidad y sociedad incluyente que tiene como objetivo, 2.19
Reducir las inequidades que padecen las personas que hablan lengua indígena, las mujeres, los niños, adolescentes, así como las personas con discapacidad, a fin de mejorar su calidad de vida, en lo particular en la estrategia 2.19.4 Mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad.
Que el 20 de julio del 2001 se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, el Acuerdo que crea el Instituto Tlaxcalteca para Personas con Discapacidad como un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado, mismo que tiene por objeto actuar en nombre y representación del Gobierno del Estado para formular, coordinar y dar seguimiento a los programas y acciones encaminados a la integración social de las personas con discapacidad y su incorporación al desarrollo, garantizando el pleno respeto y ejercicio de sus derechos humanos, políticos y sociales, la igualdad de oportunidades y la equidad en el acceso a todo tipo de servicios.
Que de acuerdo a la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica ENADI, 2014 el Instituto Nacional de Estadística y Geografía INEGI realizo en el 2014, un panorama sociodemográfico de la población con discapacidad en el País, identificando para Tlaxcala a
68,734 residentes con alguna dificultad física o mental para realizar actividades de la vida cotidiana, lo que representa el 5.4 por ciento de la población total y de estos 3 mil 404 0.3 % del total de la población presenta alguna discapacidad mental o intelectual.
Que el Ejecutivo del Estado por conducto del Instituto Tlaxcalteca para Personas con Discapacidad ITPCD, pone en marcha el PROGRAMA: INCLUSIÓN
SOCIOECONÓMICA EQUITATIVA DE LAS
PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2019, a través del cual tiene la gran encomienda de contribuir a lograr la plena inclusión de las personas con discapacidad en todos los ámbitos de la sociedad, por lo que está comprometido a brindar con calidez y humanismo, todos los servicios gratuitos que este otorga.
A efecto de dar cumplimiento a lo anterior, se emiten las siguientes:

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA:
INCLUSIÓN SOCIOECONÓMICA
EQUITATIVA DE LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD 2019

CAPÍTULO UNO
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA. Las presentes reglas de operación tienen por objeto regular la operación y ejecución del PROGRAMA: INCLUSIÓN SOCIOECONÓMICA EQUITATIVA DE LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD 2019 a cargo del Instituto Tlaxcalteca para Personas con Discapacidad ITPCD.
SEGUNDA.
El Programa INCLUSIÓN
SOCIOECONÓMICA EQUITATIVA DE LAS
PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2019, tiene dentro de sus objetivos:
a Proveer ayudas técnicas que brinden posibilidades de una mejor calidad de vida a la población con discapacidad.
b Proporcionar apoyos económicos y/o en especie exclusivamente a personas con discapacidad, que permitan su rehabilitación, el acceso a la salud, educación y el impulso al autoempleo.
TERCERA. Para efectos de estas reglas de operación, se entenderá por:
Ayuda técnica: A los dispositivos tecnológicos y materiales que permitan compensar, mitigar o neutralizar la discapacidad o deficiencia, y que contribuyen al mejoramiento de la autonomía personal y la calidad de vida de las personas con discapacidad.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 19/6/2019

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala

PaísMéxico

Fecha19/06/2019

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones516

Primera edición12/01/2011

Ultima edición19/04/2023

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