Periódico Oficial de Tlaxcala del 5/6/2013

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala

Periódico Oficial No. 23 Primera Sección, Junio 5 del 2013

Página 3

ACUERDO

necesario y que permita el desempeño de sus atribuciones. Funcionará en dos turnos.

ARTÍCULO
PRIMERO.Se establece la Agencia del Ministerio Público Especializada para la Atención de Delitos Relacionados con Servidores Públicos, que conocerán de la comisión de conductas probablemente constitutivas de delito, en las que se encuentren involucrados los servidores públicos de las distintas dependencias que conforman la Administración Pública Estatal y Municipal.

ARTÍCULO CUARTO.- La Agencia del Ministerio Público Especializada para la Atención de Delitos Relacionados con Servidores Públicos, tendrá las mismas facultades que actualmente tienen las Agencias del Ministerio Público Investigadoras, Mesas de trámite y Mesas de Detenidos.

ARTÍCULO
SEGUNDO.Para efectos de este Acuerdo, se entenderá por servidores públicos, en los términos de lo establecido en el Título XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, y 2 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de Tlaxcala.

ARTÍCULO QUINTO.- En el caso que otra Agencia ó Mesa Investigadora tuviere conocimiento de hechos donde se encuentren involucradas las personas que refiere el apartado Segundo de este Acuerdo, procederá a realizar las diligencias necesarias para remitir la averiguación previa a la Agencia Especializada para la Atención de Delitos Relacionados con Servidores Públicos, para su prosecución.

ARTÍCULO
TERCERO.La Agencia del Ministerio Público Especializada para la Atención de Delitos Relacionados con Servidores Públicos, dependerá orgánicamente de la Dirección de Averiguaciones Previas de la Procuraduría General de Justicia en el Estado. De las averiguaciones previas que se radiquen a partir de la vigencia del presente acuerdo, se iniciará su registro con el número que le corresponda, año, y las siglas AMPEDSP.
Para el despacho de los asuntos que competen a la Agencia del Ministerio Público Especializada para la Atención de Delitos Relacionados con Servidores Públicos, se designarán a dos Agentes del Ministerio Público, a un Auxiliar de Agencia y personal secretarial, asimismo, se apoyará de las diversas Agencias del Ministerio Público de la Entidad, de peritos y Agentes de la Policía Ministerial y demás personal administrativo, que comprende la plantilla de personal de la Procuraduría General de Justicia del Estado,
ARTÍCULO SEXTO.- Se instruye al Director Administrativo de esta Procuraduría, para que provea de equipo de oficina y material necesario para el buen funcionamiento de la citada Agencia, asimismo, gestione la elaboración del sello oficial.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese Periódico Oficial del Estado.

en
el
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
TERCERO.- Todos aquellos trámites realizados por los Agentes del Ministerio Público, relacionados con diligencias de averiguaciones previas en la Mesa Parlamentaria, anteriores a la entrada en vigor del presente Acuerdo, tendrán plena validez, debiendo continuar el trámite conforme a los

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 5/6/2013

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala

PaísMéxico

Fecha05/06/2013

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones516

Primera edición12/01/2011

Ultima edición19/04/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2013>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30