Periódico Oficial de Tlaxcala del 17/8/2022 - Sección 2

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

Página 34

Periódico Oficial No. 33 Segunda Sección, Agosto 17 del 2022

Artículo 124.- Los reconocimientos anteriores podrán otorgarse sin perjuicio de los que dispongan otras leyes o reglamentos.

SEGUNDO. Se abroga el Reglamento del Consejo de Honor y Justicia, publicado con antelación por el gobierno municipal de Hueyotlipan, Tlaxcala.

Artículo 125.- Los superiores jerárquicos inmediatos de los elementos de la Dirección que consideren que uno o varios subalternos hayan desempeñado una acción o conducta previstas en este título, tienen la obligación de proponerlos al Consejo para ser acreedores a una condecoración, estímulo o recompensa, remitiendo una evaluación del desempeño a considerar.

TERCERO. Se deroga cualquier disposición reglamentaria o administrativa que se oponga a las disposiciones del presente ordenamiento.

Artículo 126.- El Secretario Técnico, apoyándose del Director, solicitará un informe pormenorizado del desempeño de los integrantes de la Dirección, para los fines del presente título.
Artículo 127.- Los elementos de la Dirección que se consideren con derechos y méritos para ser acreedores a una condecoración, estímulo o recompensa, podrán remitir su propuesta al Consejo.
Artículo 128.- Los particulares, las instituciones públicas o privadas, podrán entregar reconocimientos a los elementos de la Dirección, para lo cual el Consejo deberá emitir un dictamen de autorización para que puedan recibirlas.
Artículo 129.- Las condecoraciones serán entregadas por el Presidente Municipal o quien este designe, y por el Director.
Artículo 130.- De todo reconocimiento o condecoración avalada por el Consejo, se anexará una copia al expediente del Elemento.

CUARTO. Los Procedimientos disciplinarios que se encuentren en trámite al momento de entrar en vigor el presente Reglamento, se sujetarán a las disposiciones procesales vigentes al momento de la falta administrativa, inclusive los recursos que se encuentren pendientes de su resolución hasta su debida conclusión, con salvedad a lo señalado en el transitorio siguiente.
QUINTO. El Consejo será competente para continuar conociendo de los Procedimientos administrativos o de los recursos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Reglamento.
Dado en el salón de cabildos del H. Ayuntamiento de Hueyotlipan, Tlaxcala, a los diecinueve días del mes de abril del año dos mil veintidós.
Atentamente. C. Luis Ángel Roldan Carrillo, presidente Municipal. Rúbrica. Elia Sosa Sánchez, Síndico Municipal. Rúbrica. Regidores: Fernando Hernández Robles. Rúbrica. Eugenio Rodríguez Pérez. Rúbrica. Ricardo Cerón Santiago. Rúbrica.
Dulce Jimena Moreno Pérez. Rúbrica. Lorena Romero Carrillo. Rúbrica. Alexandra Susano López.


PUBLICACIONES OFICIALES

TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 17/8/2022 - Sección 2

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

PaísMéxico

Fecha17/08/2022

Nro. de páginas33

Nro. de ediciones495

Primera edición12/01/2011

Ultima edición22/05/2024

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