Periódico Oficial de Tlaxcala del 5/9/2012 - Sección 2

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

Página 2

Periódico Oficial No. 36 Segunda Sección, Septiembre 5 del 2012

REGLAMENTO DE MERCADOS Y
LUGARES DESTINADOS PARA
TIANGUIS DEL MUNICIPIO
DE NANACAMILPA DE MARIANO
ARISTA, TLAXCALA.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1. El presente ordenamiento legal tiene como objeto regular el funcionamiento de los mercados públicos y de los lugares destinados para tianguis del Municipio de Nanacamilpa de Mariano Arista, así como las actividades que dentro de los mismos realicen los comerciantes locatarios y tianguistas, respectivamente.
ARTICULO 2. Para efectos de este Reglamento se entenderá como MERCADOS los inmuebles propiedad del Ayuntamiento que tengan las características propias para ejercitar el libre comercio de mercancías y servicios y sean susceptibles de darse en concesión a particulares en función de locales comerciales, mesetas o accesorias. Tratándose de LUGARES PARA
TIANGUIS se entenderá por tales los predios propiedad del Ayuntamiento que sean destinados provisional ó definitivamente, para ejercer el tipo de comercio tradicional conocido con ese mismo nombre, proporcionándose a los comerciantes por cada ocasión que se instalen en función del área de piso que ocupen en dicha zona.
ARTICULO 3. Solamente con autorización expresa, dada por escrito por la Autoridad Municipal competente, podrán ocuparse los accesos, pasillos, andadores, aceras y patios de los mercados.
Dichas autorizaciones siempre tendrán el carácter de provisionales y se podrán otorgar discrecionalmente durante las épocas del año conocidas popularmente como "Temporadas", con el objeto de que los mismos comerciantes locatarios y tianguistas vendan mercancías propias de esa "Temporada". En todos los casos se deberán señalar claramente los límites de las áreas comerciales, así como las fechas que comprenda el periodo autorizado.

ARTICULO 4. Cualquier otro tipo de "mercadeo" diferente a los citados en los Artículos anteriores, solo podrá ejercitarse dentro del Municipio de Nanacamilpa de Mariano Arista, con la autorización del H.
Ayuntamiento en pleno y, sin transgredir lo preceptuado sobre el particular por el Bando de Policía y Buen Gobierno del propio Municipio.
Queda expresamente prohibida la venta de animales en pie cuya procedencia se ignore y no se encuentre amparada por la guía sanitaria correspondiente.
CAPITULO II
DE LAS AUTORIDADES Y SUS
FUNCIONES
ARTICULO 5. Corresponde al Ayuntamiento proveer en la esfera administrativa lo necesario para la creación y sostenimiento de los servicios públicos municipales, en virtud de lo cual se delegan las facultades necesarias en esta materia al Presidente Municipal y a los servidores públicos que se citan a continuación:
I. El Tesorero Municipal.
II. El Coordinador de Mercados.
III. Los Administradores de Mercados.
IV. Los Inspectores y Cobradores de la Tesorería Municipal.
ARTICULO 6. Para los efectos del presente Reglamento, tanto el Presidente Municipal como los servidores públicos citados en el Artículo anterior se considerarán como AUTORIDADES
MUNICIPALES con el orden jerárquico establecido.
El Presidente Municipal podrá organizar las funciones administrativas en la forma que considere pertinente, quedándole reservado en forma exclusiva la facultad para el otorgamiento de concesiones y la autorización para ceder derechos sobre locales comerciales.
ARTICULO 7. Corresponde a la Tesorería Municipal el empadronamiento, registro de pagos y control de concesiones de los comerciantes locatarios y tianguistas, así como todas las demás facultades enunciadas en el

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 5/9/2012 - Sección 2

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

PaísMéxico

Fecha05/09/2012

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones441

Primera edición12/01/2011

Ultima edición19/04/2023

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