Periódico Oficial de Tlaxcala del 12/1/2011 - Sección 2

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

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Periódico Oficial No. 02 Segunda Sección
y esposo Juan Luna Flores, Silvestre Sánchez Pichón y esposa Marcelina Sánchez Romero, José Adelaido Luis Rojas Cuahtepitzi y esposa Ángela Pichón López, Pascuala Pichón Luna y esposo Secundino Carmen Lara Sánchez; respeto de los predios denominados Sarmiento ubicados todos en dicha municipalidad.
D. Prueba pericial en valuación de bienes, consistente en seis avalúos comerciales de los predios denominados Sarmiento ubicados todos en el Municipio de Santa Cruz Quilehtla, Tlaxcala.
E. Prueba pericial consistente en el Dictamen de congruencia emitido por la Secretaria de Obras Publicas Desarrollo Urbano y Vivienda respecto de los predios denominados Sarmiento ubicados todos en el Municipio de Santa Cruz Quilehtla, Tlaxcala.
F.

Documental Privada, consistente en seis recibos de pago a favor de los posesionarios de los predios denominados Sarmiento ubicados en el Municipio de Santa Cruz Quilehtla, Tlaxcala.

4.- Con fecha cinco de enero del dos mil once, la Directora de Control de Inmuebles de la Consejería del Ejecutivo del Estado, así como Personal de la empresa denominada Construcciones MS S.A. de C.V. así como de los Testigos de Asistencia, llevaron a cabo la inspección ocular, dando fe de las circunstancias peculiares de los predios materia de la expropiación, peculiaridades que se asentaron en el acta correspondiente, misma que corre agregada en el expediente en que se actúa.
5.- Mediante acuerdo de fecha diez de enero del dos mil once, el Consejero Jurídico del Ejecutivo del Estado, consideró haber recabado los datos y elementos necesarios para que esta autoridad resolviera sobre la solicitud de expropiación;
ordenando devolver a ésta autoridad el presente expediente para determinar lo que en derecho procediera; y
C ON S I D E R A N D O
I. En términos de lo dispuesto en los artículos 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 70 fracción XV de la Constitución Política Local, 1, 2, 3 fracción I, 4, 18, 19 y 20 de la Ley de Expropiación Estatal; el Titular del Poder Ejecutivo del Estado, es la autoridad competente para
decretar la expropiación por causa de utilidad pública de bienes de propiedad privada, a fin de destinarlos a satisfacer necesidades sociales, esto es, la propia Carta Magna reconoce como derecho fundamental la propiedad privada, delimitando su contenido y sus fronteras, a fin de garantizar otros bienes o valores constitucionales, como son el bien común o el respeto al ejercicio de los derechos de los demás integrantes de la sociedad, imponiendo una limitación o modalidad a la misma que es su función social, toda vez que de acuerdo con el propio artículo 27
Constitucional, el Estado puede afectar la propiedad privada cuando el interés público así lo requiera.
II. En estricto cumplimiento del artículo 5 de la Ley de Expropiación vigente para esta Entidad Federativa esta autoridad procede a realizar el análisis de la solicitud de expropiación, realizada por el Representante general de la persona moral denominada Construcciones MS S.A. de C.V.
mediante la cual expresa que los inmuebles que se pretenden afectar serán destinados para la ampliación de una planta industrial.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su parte dogmática establece que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil. Asimismo, nuestra Constitución local también nos garantiza un mínimo de bienestar y oportunidades de desarrollo, sin embargo, las condiciones económicas para la generación de empleos se derivan de una delicada organización de la economía, en donde concurren la disposición de los emprendedores, la organización de las empresas, el capital, financiamientos, tecnología, conocimientos y, desde luego, la capacidad productiva del trabajo.
El plan estatal de desarrollo del Gobierno del Estado establece como uno de sus ejes rectores el Desarrollo Económico a través de la generación de empleos; ya que es por medio de la vida laboral mediante la cual se genera un justo orgullo personal y familiar siendo el único medio para mejorar la condición social y llevar bienestar a las familias; y es en esa inteligencia mediante la cual uno de las líneas de acción de la actual administración es crear condiciones de infraestructura para atraer empresas e inversiones a la entidad, derivado de lo anterior y por medio de la iniciativa privada se logra un equilibrio que mantiene una importante función en cuanto a la distribución de los ingresos en la economía local. Los retos que enfrenta el sector empresarial tienen que ver en gran medida con el incremento de la productividad, promover la especialización productiva por región y apoyar la capacitación de la mano de obra de acuerdo con la situación actual de las principales ramas productivas, equilibrar la velocidad de los ciclos del

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 12/1/2011 - Sección 2

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

PaísMéxico

Fecha12/01/2011

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones495

Primera edición12/01/2011

Ultima edición22/05/2024

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