Periódico Oficial de Tamaulipas del 19/6/2023 - Legislativo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., lunes 19 de junio de 2023

Página 39

ARTÍCULO 37.
1.- Los Notarios podrán ser suplidos en sus funciones por los Adscritos hasta por 60 días en un período de un año. Al efecto, el titular de la Notaría hará la solicitud a que se refiere el artículo anterior bastando que por cada ausencia temporal se de aviso al Ejecutivo del Estado para que el Adscrito cubra las ausencias temporales del Notario.
2.- Si la ausencia del Notario excede el término señalado en el párrafo anterior, será necesario que el Notario titular solicite del Ejecutivo del Estado que otorgue al Adscrito la autorización para actuar en funciones de Notario, expresando su conformidad para que subsistan o no las garantías otorgadas. En caso de que el Notario exprese no estar conforme en que subsistan las garantías que tenga otorgadas, antes de iniciar sus funciones, deberá el Adscrito otorgar la garantía en la forma establecida para los Notarios.
ARTÍCULO 39.
1.- Los supuestos a que se refieren los artículos 10 y 31 de esta ley se entienden establecidos igualmente para los Adscritos.
2.- Las atribuciones y obligaciones que esta ley establece para los Notarios se aplicarán a los Adscritos cuando los suplan en sus funciones.
3.- Los Adscritos no podrán anunciarse públicamente como tales, ni usarán papelería membretada a su exclusivo nombre, ni podrán expedir constancias de práctica notarial, ni podrán actuar en los casos de impedimento del Notario titular. 4.- La antigedad en el desempeño del cargo de Adscrito a una Notaría no da, al que la tiene, derecho alguno de preferencia para ocupar las vacantes que ocurran en las Notarías que funcionan en el Estado.
ARTÍCULO 47.
1.- El Notario que hubiere cumplido cinco años en ejercicio de la actividad notarial, tendrá derecho a que el Ejecutivo del Estado le otorgue licencia para estar separado de su cargo hasta por el término de un año. Esta licencia será renunciable.
2.- El ejercicio de cargo público por parte del Notario, previa la licencia respectiva, no interrumpirá el término señalado.
3.- Cuando el Notario haya obtenido la licencia prevista en el párrafo 1 de este artículo, no podrá solicitar otra igual hasta después de transcurrido un año en el ejercicio de la función notarial, salvo los casos previstos en esta ley.
ARTÍCULO 48.
Al ocurrir la ausencia temporal del Notario, si hubiere Adscrito y obtuviere la autorización para actuar, lo hará en el Protocolo y con el sello del Notario titular.
Los preceptos anteriores prevén la competencia del suscrito para el otorgamiento de la licencia para separarse del cargo de Notario Público y autorizar a un Adscrito para actuar en funciones de Notario.
SEGUNDO. DETERMINACIÓN.
Con base en los anteriores elementos fácticos y jurídicos, es procedente otorgar la licencia para separarse del cargo de Notario Público por el periodo que dure en el desempeño al cargo de VICEFISCAL DE
DELITOS DE ALTO IMPACTO Y DE VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS, de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tamaulipas, en favor del Licenciado Jesús Miguel Gracia Riestra Notario Público número 25 con ejercicio en el Primer Distrito Judicial del Estado.
Así mismo, resulta procedente la designación del Licenciado Jesús Miguel Gracia Garza, para que actúe como Adscrito en funciones notariales en la Notaría Pública número 25, con ejercicio en el Primer Distrito Judicial del Estado.
El presente acuerdo surte efectos a partir de su emisión.
TERCERO. NOTIFICACIÓN
Notifíquese personalmente al Licenciado Jesús Miguel Gracia Riestra, en el domicilio ubicado en calle 14, entre las calles Morelos y Matamoros, número 219, Zona Centro, Código Postal 87000, en esta Ciudad.
Asimismo, publíquese la presente resolución en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, la cual surtirá efectos de notificación al Licenciado Jesús Miguel Gracia Garza, toda vez que no se señaló domicilio para tal efecto en esta Ciudad. De igual manera, notifíquese mediante oficio a la Directora de Asuntos Notariales y Director General del Instituto Registral y Catastral de Tamaulipas.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 19/6/2023 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha19/06/2023

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones4064

Primera edición02/01/1999

Ultima edición22/05/2024

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