Periódico Oficial de Tamaulipas del 23/5/2023 - Legislativo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., martes 23 de mayo de 2023

Página 3

GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
DECRETO por el que se reforman los artículos 4o. y 32 de la Ley Agraria.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO
EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A :
SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 4o. Y 32 DE LA LEY AGRARIA.
Artículo Único.- Se reforman los artículos 4o., primer párrafo y 32 de la Ley Agraria, para quedar como sigue:
Artículo 4o.- El Ejecutivo Federal promoverá el desarrollo integral y equitativo del sector rural mediante el fomento de las actividades productivas y de las acciones sociales con perspectiva de género, orientadas a elevar el bienestar de la población y su participación en la vida nacional, en condiciones de igualdad y paridad.
Artículo 32.- El comisariado ejidal es el órgano encargado de la ejecución de los acuerdos de la asamblea, así como de la representación y gestión administrativa del ejido. Estará constituido por una persona titular de la Presidencia, una persona titular de la Secretaría y una persona titular de la Tesorería, propietarias y sus respectivas personas suplentes. Asimismo, contará en su caso con las comisiones y las secretarias y los secretarios auxiliares que señale el reglamento interno. Este habrá de contener la forma y extensión de las funciones de cada integrante del comisariado; si nada dispone, se entenderá que sus integrantes funcionarán conjuntamente.
La integración del comisariado ejidal se realizará en observancia al principio de paridad.
Transitorio Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 8 de marzo de 2023.- Sen. Alejandro Armenta Mier, Presidente.- Dip. Santiago Creel Miranda, Presidente.- Sen. Verónica Noemí Camino Farjat, Secretaria.- Dip. Sarai Núñez Cerón, Secretaria.Rúbricas.
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 20 de abril de 2023.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Lic. Adán Augusto López Hernández.- Rúbrica.

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO

H. CONGRESO DEL ESTADO
Con fundamento en los artículos 17, 18 y 20 de la Ley del Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, y 22, párrafo 1, incisos f, k y l de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, acudo a Usted para corregir el Decreto No. 65-577, mediante el cual se reforman diversas disposiciones de la Ley de Caminos del Estado de Tamaulipas y de la Ley de Asociaciones Público Privadas para el Estado de Tamaulipas, publicado en el Periódico Oficial del Estado, Número 59, Tomo CXLVIII, de fecha 17 de mayo de 2023, en los siguientes términos:
PÁGINA DEL P.O.E.
4

DICE
ARTÍCULO PRIMERO. Se reforman los artículos 3, fracción I, incisos c y d, y la fracción III; 5; 6, numeral 2, fracción II; 8, numerales 1 y 3; 9; 10; 11, numeral 1, fracción I, segundo párrafo y fracción IV; 28; 37, numeral 1 de la Ley de Caminos del Estado de Tamaulipas, para quedar como siguen:

DEBE DECIR
ARTÍCULO PRIMERO. Se reforman los artículos 3, fracción I, incisos c y d, y la fracción III; 5; 6, numeral 2, fracción II; 8, numerales 1, 2 y 3; 9; 10;
11, numeral 1, fracción I, segundo párrafo y fracción IV; 28; 37, numeral 1 de la Ley de Caminos del Estado de Tamaulipas, para quedar como siguen:

En virtud de lo anterior, solicito se realice el trámite de FE DE ERRATAS, en la publicación antes mencionada.
ATENTAMENTE.- LA TITULAR DE LA UNIDAD DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS.- LIC. GLORIA
MARIBEL ROJAS GARCÍA.- Rúbrica.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 23/5/2023 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha23/05/2023

Nro. de páginas25

Nro. de ediciones4064

Primera edición02/01/1999

Ultima edición22/05/2024

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