Periódico Oficial de Tamaulipas del 30/5/2019 - Legislativo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Página 24

Victoria, Tam., jueves 30 de mayo de 2019

EDICTO
Juzgado Vigésimo Cuarto de lo Civil.
Ciudad de México En los autos del Juicio Especial Hipotecario promovido por HIPOTECARIA NACIONAL S.A. DE C.V., SOCIEDAD
FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD
REGULADA GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER
actualmente BBVA BANCOMER SOCIEDAD ANÓNIMA
INSTITUCION
DE
BANCA
MÚLTIPLE, GRUPO
FINANCIERO BBVA BANCOMER en contra de CARRIZALES DE ALEJANDRO SANTOS ALBERTO Y
MARÍA DEL REFUGIO ARCOS MELÉNDEZ, Expediente Número 1627/2010, obran entre otras las siguientes constancias:
En la Ciudad de México, a cuatro de abril del dos mil diecinueve. Agréguese a sus autos el escrito con número de folio 5521 de CARLOS OLAYA AGUILAR apoderado de la porte actora, como se solicita con fundamento en el artículo 84 del Código de Procedimientos Civiles, se aclara el proveído de fecha veintisiete de marzo del dos mil diecinueve, únicamente en lo conducente a: respecto del bien inmueble ubicado en: "Casa habitación marcada con el número 232, ubicada en la calle Paloma Mensajera del Fraccionamiento Las Palomas, edificada sobre el lote de terreno urbano identificado con el número 12, de la manzana 2, en Ciudad Victoria, Tamaulipas, con superficie de 125.28 m2 y 39.56 de construcción debiendo decir:
respecto del bien inmueble ubicado en: "Casa habitación marcada con el número 232, ubicada en la calle Paloma Mensajera del Fraccionamiento Las Palomas, edificada sobre el lote de terreno urbano identificado con el número 12, de la manzana 2, en Ciudad Victoria, Tamaulipas, con superficie de 125.38 m2 y 39.56 de construcción
aclaración que forma parte integrante del diverso que se aclara para los efectos legales a que haya lugar.
Notifíquese.- Lo proveyó y firma el C. Juez Vigésimo Cuarto de lo Civil de la Ciudad de México, Licenciado José Luis De Gyves Marín, Asistido del C. Secretario Conciliador en Funciones de Secretario de Acuerdos por Ministerio De Ley Licenciado Víctor Hugo Guzmán Garcia, en términos del artículo 60 fracción IV de la Ley Orgánica de este Tribunal, que autoriza y da fe.- DOY FE.
En la Ciudad de México, a veintisiete de marzo del dos mil diecinueve.- Agréguese a sus autos el escrito marcado con número de folio 5060, del C. CARLOS OLAYA
AGUILAR, apoderado parte actora.- Como lo solicita vistas las actuaciones se le exhibiendo avaluó del bien inmueble que refiere, y como lo solicita se señalan las DOCE
HORAS DEL DÍA ONCE DE JULIO DEL DOS MIL
DIECINUEVE, para que tenga verificativo la audiencia de remate en primera almoneda, respecto del bien inmueble ubicado en: Casa habitación marcada con el número 232, ubicada en la calle Paloma Mensajera del Fraccionamiento Las Palomas, edificada sobre el lote de terreno urbano identificado con el número 12, de la manzana 2, en Ciudad Victoria, Tamaulipas, con superficie de 125.28 m2 v 39.56
de construcción, valor Comercial de avalúo es la cantidad de $250,000.00 DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS
00/100 M.N., que es la cantidad que señala el perito designado por la porte actora, en términos de lo previsto por el artículo 486 fracción II del Código de Procedimientos Civiles, anunciándose por medio de edictos que se filaran por DOS VECES en los tableros de avisos del Juzgado y en los de la Tesorería del Distrito Federal, y en el Periódico "Basta", debiendo mediar entre una y otra publicación siete días hábiles más cinco por razón de la distancia, entre la
Periódico Oficial
última y la fecha de remate igual plazo y queda a cargo de la parte interesada que las publicaciones sean realizadas de manera igualitaria en todos los sitios ordenados y los que ordene el Juez exhortado, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 570 del Código referido, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del precio del avalúo, y en atención a que el Inmueble se encuentra fuera de la Jurisdicción de este Juzgado, gírese atento exhorto al C. Juez competente en Ciudad Victoria Estado de Tamaulipas, para que en auxilio de las labores de este Juzgado, se sirva realizar las publicaciones correspondientes en las puertas del Juzgado, en los sitios de costumbre de ese lugar, en el periódico de mayor circulación que tenga a bien designar , lo anterior de conformidad con los artículos 570, 572 y 573 del Código de Procedimientos Civiles, debiéndose elaborar el exhorto correspondiente y ponerse a disposición de la porte actora para su debido tramite y diligenciarían, se conceden al promovente el término de treinta días, para la tramitación de dicho exhorto, y atento a lo establecido por el artículo 574 del Código Procesal citado, se hace del con conocimiento de los posibles postores que para tomar parte en la subasta, deberán los licitadores consignar previamente, en el establecimiento de crédito destinado al efecto por la Ley, una cantidad igual por lo menos al diez por ciento del valor de los bienes, que sirva de base para el remate.- por autorizadas a las personas que indica para los efectos que propone.- Notifíquese lo proveyó y firma el C.
Juez Vigésimo Cuarto de lo Civil de la Ciudad de México Licenciado José Luis De Gyves Marín, Asistido del C.
Secretario Conciliador en Funciones de Secretario de Acuerdos por Ministerio de Ley Licenciado Víctor Hugo Guzmán Garcia en términos del artículo 60 fracción IV de la LEY Orgánica de este Tribunal, Licenciado Víctor Hugo Guzmán Garcia que autoriza y da fe.
El C. Secretario Conciliador en Funciones de Secretario de Acuerdos por Ministerio de Ley, en Términos del Artículo 60 fracción IV de la Ley Orgánica de este Tribunal, LIC. VÍCTOR HUGO GUZMÁN GARCIA.- Rúbrica.
3031.- Mayo 30 y Junio 20.-1v2.
EDICTO
Juzgado Trigésimo Sexto de lo Civil.
Ciudad de México Que en los autos del Juicio Especial Hipotecario, promovido por BANCO INVEX, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCION DE BANCA MÚLTIPLE, INVEX GRUPO
FINANCIERO, Fiduciario como Fiduciarito del Fideicomiso Irrevocable F/1301, en contra de IGNACIO MUÑOZ
VICENCIO, Expediente 1052/2008, C. Juez dictó un auto en su parte conducente dice: Ciudad de México a tres de abril de dos mil diecinueve.- Se señala nueva fecha de remate en primera almoneda siendo para las DIEZ HORAS
DEL DÍA ONCE DE JULIO DE DOS MIL DIECINUEVE, dicha audiencia deberá ser preparada en términos del proveído de fecha cinco de enero del año dos mil diez, sirviendo dc base para el remate la cantidad de $225,000.00 DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS
00/100 M.N., valor fijado por el perito de la parte actora en el presente Juicio.- Otro Auto.- México Distrito Federal, a cinco de enero del año dos mil diez, siendo el bien inmueble a rematar, la casa habitación ubicada en calle Altamira número 1041, identificado como lote cuatro de la manzana 435 del Fraccionamiento Nuevo México en Reynosa Tamaulipas, con medidas y colindancias que son de verse en las presentes actuaciones, siendo postura

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 30/5/2019 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha30/05/2019

Nro. de páginas49

Nro. de ediciones4064

Primera edición02/01/1999

Ultima edición22/05/2024

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