Periódico Oficial de Tamaulipas del 2/4/2019 - Legislativo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Página 26

Victoria, Tam., martes 2 de abril de 2019

por autorizados para que tengan acceso al expediente a los Profesionistas que refiere en el proemio de la demanda, no así a los pasante en derecho, toda vez que no se cumple con las disposiciones de los artículo 52 y 68 BIS
Párrafo Tercero del Código de Procedimientos Civiles.Finalmente , se hace del conocimiento de las partes que el poder judicial del Estado de Tamaulipas ha implementado la mediación como forma alternativa de solución de controversias, a cuyo efecto creó el Centro de Mediación ubicado en la Ciudad Judicial con domicilio en Avenida Juan de Villatoro calle Divisoria número 2001, colonia Tampico Altamira, de Altamira, Tamaulipas, donde se les atiende de forma gratuita para que las personas que tengan algún litigio cuenten con otra opción para resolver su conflicto.- Lo anterior con fundamento en lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley de Mediación.- Como lo solicita, se autoriza para que tenga acceso a los medios electrónicos en Internet, en cuantos a las promociones digitalizadas y acuerdos aun los que contengan orden de notificación personal, así como para que presente promociones a través del correo electrónico siasenrique@prodigy.net.mx.- Así y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, 40, 52, 67, 227, 228, 247, 248, 470, 471, 530, 532, 533, 534, 535 y relativo del Código de Procedimientos Civiles en vigor.- Notifíquese personalmente.- Lo acordó y firma el Ciudadano Licenciado Cuauhtémoc Castillo Infante, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con la Secretaria de Acuerdos Licenciada María Del Carmen Villagrana Almaguer, que autoriza y da fe.- Dos Firmas Ilegibles Rubricas.- C. Juez.Lic. Cuauhtémoc Castillo Infante.- C. Secretaria de Acuerdos.- Lic. María del Carmen Villagrana Almaguer.Enseguida se hace la publicación de ley.- Conste.
Con esta fecha la C. Secretaria de Acuerdos da vista al Titular del Juzgado con la promoción.
Altamira, Tamaulipas, a quince de febrero del dos mil diecinueve.- A sus antecedentes el escrito presentado ante la Oficialía Común de Partes el día trece de este mismo mes y año, signado por el Ciudadano Licenciado Enrique Sias Pecina, quien actúa dentro de los autos del Expediente Número 00088/2018, vista su petición, y en atención a que no fue posible la localización del domicilio de los demandados ALFREDO GUERRERO MARTÍNEZ Y
ALICIA AINE RAMÍREZ APUD HOYOS, no obstante constar en autos que se recabo información de institución pública que cuenta con registro oficial de personas, que arrojó diversos domicilios al proporcionado en la demanda inicial , y en los cuales se ordenó emplazar a los demandados, habiendo dado como resultado que ya no habitada el nuevo domicilio señalado en autos, por lo que al no haber sido posible su localización, se ordena emplazar a dichas personas por medio de edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en uno de mayor circulación en este Distrito Judicial que comprende Tampico, ciudad Madero y Altamira, Tamaulipas, por tres veces consecutivas, fijándose además en los Estrados del Juzgado, comunicándole a los interesados que deberán presentar su contestación dentro del término de sesenta días hábiles contados a partir de la última publicación del Edicto, y para el caso de que el Juez por cualquier motivo tuviere conocimiento del domicilio de estas personas, o apareciese que maliciosamente se dijo ignorarlo, el emplazamiento se tendrá por no hecho, y se mandara practicar en el domicilio ya conocido, quedando a su disposición las copias de traslado en la Secretaría de este
Periódico Oficial
H. Juzgado.- Así y con fundamento en los artículos, 4, 23, 40, 52, 67 fracción VI, del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.- Notifíquese y Cúmplase.- Lo acordó y firma el Ciudadano Licenciado Cuauhtémoc Castillo Infante, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con la Secretaria de Acuerdos Licenciada María Del Carmen Villagrana Almaguer, que autoriza y da fe.- Dos Firmas Ilegibles Rubricas.- C. Juez.- Lic. Cuauhtémoc Castillo Infante.- C. Secretaria de Acuerdos.- Lic. María Del Carmen Villagrana Almaguer.- Enseguida se hace la publicación de ley.- Conste.
Es dado el presente edicto en el despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Civil, en Altamira, Tamaulipas, a los quince días de febrero de 2019.- DOY
FE.
ATENTAMENTE
La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA DEL
CARMEN VILLAGRANA.- Rúbrica.
1827.- Abril 2, 3 y 4.-1v3.
EDICTO
Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.
Primer Distrito Judicial.
Cd. Victoria, Tam.
C. HÉCTOR JAVIER GARCÍA REYES.
DOMICILIO IGNORADO.
El Licenciado José Alfredo Reyes Maldonado, Juez Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha cuatro de septiembre del año dos mil dieciocho, ordenó la radicación del Expediente Número 00931/2018, relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Testimonial A Fin de Acreditar el Concubinato, promovidas por la C. MARTHA LAURA MARTÍNEZ BRIONES.
Ciudad Victoria, Tamaulipas, a los cuatro 04 días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho 2018.- Por recibido el escrito de fecha treinta y uno 31 del mes de agosto del año en curso y documentos que acompaña, consistentes Constancia de Inexistencia de Matrimonio, Acta de Nacimiento de ERWIN ROMMEL GARCÍA
MARTÍNEZ, S.C.G.M., Copia Certificada de la AP.
1308/2014, Acta de Nacimiento de HÉCTOR JAVIER
GARCÍA REYES, Copia de la Credencial para votar de HÉCTOR JAVIER GARCÍA REYES, Acta de Nacimiento de MARTHA LAURA MARTÍNEZ BRIONES, Copia de la Credencial para votar de MARTHA LAURA MARTÍNEZ
BRIONES, Interrogatorio; signado por el C. MARTHA
LAURA MARTÍNEZ BRIONES, como lo solicita, téngasele por presentado promoviendo en la vía de Jurisdicción Voluntaria, Diligencias Sobre Información Testimonial AdPerpetuam, a fin de acreditar los hechos a que se refiere en su escrito de cuenta.- Con fundamento en los artículos 866, 867, 868, 870 del Código de Procedimientos Civiles, se admite a trámite la promoción de cuenta en la vía y forma propuesta.- Fórmese Expediente, quedando registrado en el Libro Electrónico del Sistema de Gestión de Negocios de este Juzgado bajo el Número 00931/2018.A cuyo efecto recabase la prueba Testimonial que ofrece el promovente a cargo de los testigos que presentara, al tenor del interrogatorio que se califique al momento de la diligencia, señalándose para tal efecto a las DIEZ HORAS
10:00 DEL DÍA VEINTE 20 DEL MES DE SEPTIEMBRE
DEL AÑO EN CURSO, en la inteligencia de que los testigos deberán identificarse plenamente al momento de

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 2/4/2019 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha02/04/2019

Nro. de páginas46

Nro. de ediciones4064

Primera edición02/01/1999

Ultima edición22/05/2024

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