Periódico Oficial de Tamaulipas del 4/4/2023 - Judicial

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

Periódico Oficial
Victoria, Tam., martes 4 de abril de 2023

EDICTO
Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.
Segundo Distrito Judicial.
Altamira, Tam.
A QUIEN CORRESPONDA:
El C. Lic. Luis Gerardo Uvalle Loperena, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil, del Segundo Distrito Judicial en el Estado y con residencia en Tampico, Tamaulipas.- Por auto de fecha siete de diciembre del dos mil veintidós, se ordenó la radicación del Expediente Número 00879/2022, relativo a la Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Ad-Perpetuam, y por auto de fecha siete de diciembre del dos mil veintidós, ordeno la expedición del presente edictos y avisos a efecto de hacer del conocimiento que el C. JUAN DANIEL NAVARRO
GARCIA, promueve Información Ad-Perpetuam respecto del bien inmueble identificado como fracción mayor y Norte del lote 5 manzana 15-A ubicado en Privada Cuauhtémoc s/n entre las calles de Pachuca y 18 de Marzo, del sector Francisco Villa C.P. 89520 en Ciudad Madero, Tamaulipas;
con una superficie de 600.00 metros cuadrados cuenta con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE en 40.00
mts con propiedad privada AL SUR: en 20.00 con propiedad privada en 20 mts, con fracción menor y Sur del lote 5; AL ESTE: en 10 mts con la calle Privada Cuauhtémoc en 10 mts, con fracción menor y Sur del lote 5; AL OESTE: en 20 mts con propiedad privada superficie del terreno 600 mts cuadrados, propiedad que posee en forma ininterrumpida, publica, pacifica, continua y de buena fe desde hace más de 36 años.- Por lo que publíquense los edictos correspondientes en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de los de mayor circulación que se edite en el municipio de ciudad Madero, Tamaulipas, por TRES
VECES
consecutivas de diez en diez días comunicándosele a quien corresponda, lo anterior en términos artículo 881 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, en el Periódico Oficial del Estado, y en otro de mayor circulación.- Asimismo, fíjense avisos de la solicitud en los lugares públicos de la ciudad Madero Y Altamira, Tamaulipas como Oficina de Finanzas, Presidencia Municipal, Oficina o Delegación del I.T.A.V.U, por conducto del actuario quien deberá hacer constar la ubicación exacta de los lugares señalados y cumplimiento de la publicación ordenada como se encuentra ordenado en autos.- DOY
FE.
Altamira, Tamaulipas., a 13 de enero de 2023.- La C.
Secretaria de Acuerdos del Juzgado, LIC. MA. IGNACIA
GALICIA MARTÍNEZ.- Rúbrica.
1435.- Marzo 14, 23 y Abril 4.- 3v3.
EDICTO
Juzgado de Primera Instancia Mixto.
Noveno Distrito Judicial.
Tula, Tam.
El Ciudadano Licenciado Juan Leonardo Hernández Rocha, Juez de Primera Instancia Mixto del Noveno Distrito Judicial del Estado, con residencia en Ciudad Tula, Tamaulipas, por auto de fecha 11 once de febrero del año dos mil veintitrés 2023, ordenó la radicación del Expediente Civil Número 00011/2023 relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Testimonial Ad-Perpetuam, promovidas por el C. JOSE
COMPEAN VEGA, sobre un bien inmueble, mismo que es el siguiente:

Página 3

Un bien inmueble denominado las Huertas con superficie de 38-50-00 treinta y ocho hectáreas, cincuenta áreas ubicado en el municipio de Tula, Tamaulipas, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 2,050.00 metros con Apolinar Reyes, AL SUR, en 1,800.00
metros con José Compeán Vega, AL ESTE, en 200.00
metros con ejido Gallitos, y AL OESTE en 200.00 metros con Fructuoso Báez Tovar.
Asimismo, ordenó la publicación de edictos por TRES
VECES consecutivas de DIEZ en DIEZ días en el Periódico Oficial del Estado, y en un diario de mayor circulación en la localidad, ordenándose de igual forma la publicación de avisos por igual número de veces en los lugares públicos de Tula, Tamaulipas, así como en la puerta de éste Juzgado, dándose a conocer por estos medios la radicación de las presentes diligencias.- Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 881 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, en relación con el artículo 162 de la Ley del Registro Público de la Propiedad Inmueble y del Comercio.
Asimismo, con fundamento en el Acuerdo General 32/2018, así como en el punto de Acuerdo Quinto del Acuerdo General 11/2020, emitidos por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado, se hace la aclaración que la firma electrónica cuenta con la misma validez que la firma autógrafa, para los efectos legales correspondientes.
Tula, Tam., a 23 de febrero de 2023.- El Secretario de Acuerdos Civil y Familiar, LIC. RAMIRO FRANCISCO DEL
ÁNGEL.- Rúbrica.
1436.- Marzo 14, 23 y Abril 4.- 3v3.
EDICTO
Juzgado Décimo Quinto de lo Civil.
Ciudad de México.
En los autos del Juicio Especial Hipotecario, promovidas por BANCO MERCANTIL DEL NORTE S.A., INSTITUCION
DE
BANCA
MÚLTIPLE, GRUPO
FINANCIERO BANORTE, en contra de SERGIO
DELGADILLO BOSQUEZ Y OTRA, Expediente 1581/2011;
la C. Juez del juzgado Décimo Quinto de lo Civil, del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, ordenó mediante proveídos de fechas veintitrés, veintiocho de octubre, catorce de noviembre, treinta de noviembre todos del dos mil veintidós y once enero del dos mil veintitrés; de conformidad con los artículos 486, 564, 565, y 570 del Código de Procedimientos Civiles, se manda a sacar a remate en primera almoneda el bien inmueble consistente en la casa tipo B1, lote 47 cuarenta y siete, con el número 201 doscientos uno, de la calle Parque de los Soles, en la manzana quince, del Fraccionamiento Balcones de Alcalá con una superficie de construcción de 56.81 m2 y una superficie de terreno de 126.82 m2, Reynosa, Tamaulipas y para tal efecto se señalan las DIEZ
HORAS DEL DÍA VEINTICUATRO DE ABRIL DE DOS MIL
VEINTITRÉS, sirve de base para el remate la cantidad de $479,000.00 CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL
PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL, valor de avalúo rendido por el perito de la parte actora, y es postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicho cantidad.- Para que los posibles licitadores puedan tomar parte en la subasta, deberán consignar previamente, una cantidad igual por lo menos al diez por ciento efectivo del valor de avalúo, tal como lo exige el artículo 574 de la ley procesal invocada; y para el evento de que no acudan postores y el acreedor se interese en la adjudicación, ésta será por el

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 4/4/2023 - Judicial

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

PaísMéxico

Fecha04/04/2023

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones1702

Primera edición11/03/2010

Ultima edición20/07/2023

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