Periódico Oficial de Tamaulipas del 8/6/2023 - Anexo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Página 2

Victoria, Tam., jueves 08 de junio de 2023

Periódico Oficial
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA GENERAL
AMÉRICO VILLARREAL ANAYA, Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas, a sus habitantes hace saber:
Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto:
Al margen un sello que dice:- Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.
LA LEGISLATURA SESENTA Y CINCO CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS
58, FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL; Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN
Y FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:
D E C R E T O No. 65-586
POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY ESTATAL DE MEJORA REGULATORIA PARA TAMAULIPAS Y SUS
MUNICIPIOS.
LEY ESTATAL DE MEJORA REGULATORIA PARA TAMAULIPAS Y SUS
MUNICIPIOS
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo I
Objeto de la Ley Artículo 1. La presente Ley es de orden público y de observancia general para el Estado de Tamaulipas. Tiene por objeto establecer los principios y las bases a los que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal y Municipal, organismos públicos descentralizados o desconcentrados estatales y municipales, así como los órganos autónomos de dichos órdenes de gobierno en el ámbito de sus atribuciones y respectivas competencias en materia de mejora regulatoria.
Los poderes legislativo, judiciales y los organismos con jurisdicción contenciosa, que no formen parte de los poderes judiciales, serán Sujetos Obligados para efectos de lo previsto en esta Ley, solo respecto a las obligaciones contenidas en el Catálogo Estatal de Regulaciones, Trámites y Servicios.
Este ordenamiento no será aplicable a las materias de carácter fiscal tratándose de las contribuciones y los accesorios que deriven directamente de aquellas responsabilidades de los servidores públicos; tampoco lo será para el Ministerio Público en ejercicio de sus funciones constitucionales.
La aplicación de la presente Ley corresponde al Consejo Estatal de Mejora Regulatoria, a la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria del Estado de Tamaulipas y a las Comisiones Municipales de Mejora Regulatoria, Comités, Unidades Administrativas o Áreas Responsables dentro del ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo 2. Son objetivos de esta Ley:
I.

Establecer la obligación de las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de su competencia, de implementar políticas públicas de mejora regulatoria para el perfeccionamiento de las Regulaciones y la simplificación de los Trámites y Servicios, buscando en todo momento la mejora integral, continua y permanente de las regulaciones tanto estatales como municipales;

II.

Armonizar el marco normativo de la mejora regulatoria del Estado con las disposiciones de la Ley General de Mejora Regulatoria;

III.

Establecer la organización y el funcionamiento del Sistema Estatal de Mejora Regulatoria;

IV.

Establecer los instrumentos, herramientas, acciones y procedimientos de mejora regulatoria;

V.

Normar la operación de los Sujetos Obligados dentro del Catálogo Estatal y Municipal de Regulaciones, Trámites y Servicios;

VI.

Establecer las obligaciones de los Sujetos Obligados para facilitar los Trámites y la obtención de Servicios, incluyendo el uso de tecnologías de la información;

VII.

Establecer los principios, bases, procedimientos e instrumentos a fin de que las Regulaciones garanticen beneficios superiores a sus costos y el máximo bienestar para la sociedad; y
VIII.

Promover la eficacia y eficiencia gubernamental, fomentando el desarrollo socioeconómico e inversión en la entidad.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 8/6/2023 - Anexo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

PaísMéxico

Fecha08/06/2023

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones1057

Primera edición27/01/1999

Ultima edición20/07/2023

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