Periódico Oficial de Tamaulipas del 18/10/2022 - Anexo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Periódico Oficial
Página 3

Victoria, Tam., martes 18 de octubre de 2022

intercultural, derechos humanos, perspectiva de género y sensible a la línea de la vida; Ampliar los servicios de salud mental y adicciones en el Sistema Nacional de Salud; así como Garantizar el acceso equitativo de la población a servicios integrales de atención en salud mental y adicciones.
V. Que el Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, tiene a su cargo la operación del Programa de Acción Específico Acceso Universal a Sangre, Hemocomponentes y Células Troncales Hematopoyéticas seguros 20202024 cuyos objetivos prioritarios son: primero Incrementar la seguridad sanguínea, segundo Garantizar el acceso universal a la sangre y tercero Evaluar la calidad y capacidad técnica, mismos que se desarrollan mediante las estrategias prioritarias consistentes en el fomento a la cultura de la promoción de la donación voluntaria y altruista con pertinencia cultural y de género, basada en investigación científica y articulando cooperación interinstitucional del todo el Sistema Nacional de Salud; mejorar y ampliar la infraestructura del Sistema Nacional de Salud, mediante la regionalización y territorialización de los servicios de sangre y Diseñar y operar el Sistema Nacional de Biovigilancia, respectivamente. Destacando dentro de sus funciones principales la de promover la celebración de acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, así como con organismos e instituciones públicas, privadas y sociales, para lograr la autosuficiencia, seguridad, cobertura, calidad y acceso equitativo de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras hematopoyéticas.
VI. Que la Dirección General de Información en Salud, es la Unidad Administrativa responsable de entre otras funciones, coordinar el Sistema de Información Estadística de la Secretaría y del Sistema Nacional de Salud y elaborar, difundir y vigilar la normatividad para normar los procesos de diseño, captación, integración, procesamiento y difusión de la estadística en salud que requieran las unidades administrativas de la Secretaría y otras dependencias y entidades con la finalidad de contar con información de calidad para una eficiente toma de decisiones en materia de Salud Pública a nivel nacional, incluyendo lo relativo a la promoción de la salud, prevención y control de enfermedades, salud mental y adicciones, así como de la vigilancia epidemiológica.
VII. Que dicha Unidad Administrativa y Órganos Administrativos Desconcentrados, en adelante UNIDADES
TÉCNICAS, tienen a su cargo los siguientes Programas de Acción Específicos, Programas Presupuestarios y/o interacción con "EL EJECUTIVO DEL ESTADO", a los cuales, en lo subsecuente se les denominará PROGRAMAS TÉCNICOS:
Unidad Administrativa/Órgano Administrativo Desconcentrado
Programa de Acción Específico y/o Programa Presupuestario
Clave del Programa Presupuestario con el que se relaciona
Comisión Nacional contra las Adicciones
Salud Mental y Adicciones / Prevención y Atención contra las Adicciones
E025

Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea
Acceso Universal a Sangre y Hemocomponentes y Células Troncales Hematopoyéticas seguros / Asistencia Social y Protección del Paciente
P013

Servicios de Atención Psiquiátrica
Salud Mental y Adicciones / Atención a la Salud
E023

Dirección General de Información en Salud
Rectoría en Salud
P012

VIII. En razón de lo anterior y toda vez que, las UNIDADES TÉCNICAS, realizan acciones de promoción de la salud, prevención y control de enfermedades y adicciones, así como, para la generación de información estadística en salud, conforme a sus respectivos ámbitos de competencia; y con el objetivo de fortalecer la integralidad de las acciones en materia de salud pública, que contribuyen a garantizar el acceso a los servicios de salud de la población a nivel nacional, se considera indispensable su integración al CONVENIO PRINCIPAL, con la finalidad de dar únicamente seguimiento a través de informes generados en el SIAFFASPE, al grado de avance y cumplimiento de los objetivos, estrategias, líneas de acción, actividades e indicadores establecidos en sus respectivos PROGRAMAS TÉCNICOS, así como coordinar su participación y cooperación técnica con EL
EJECUTIVO DEL ESTADO, en términos de lo previsto en los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud.
IX. Que, en la Cláusula DÉCIMA CUARTA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del CONVENIO
PRINCIPAL, las partes acordaron, a la letra: que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables.
Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de EL EJECUTIVO DEL
ESTADO.
X. Que LAS PARTES han determinado, modificar el CONVENIO PRINCIPAL, con la finalidad de integrar a la Unidad Administrativa y Órganos Administrativos Desconcentrados, a que se hace referencia en los Antecedentes III, IV, V y VI del presente instrumento jurídico, así como para ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados a EL EJECUTIVO DEL ESTADO, conforme a los siguientes términos.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 18/10/2022 - Anexo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

PaísMéxico

Fecha18/10/2022

Nro. de páginas61

Nro. de ediciones1119

Primera edición27/01/1999

Ultima edición22/05/2024

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