Periódico Oficial de Tamaulipas del 25/2/2014 - Anexo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., martes 25 de febrero de 2014

Página 3

5. En la III Sesión Ordinaria del 08 de enero de 2010, el Consejo de Coordinación emitió el Acuerdo número COCO/03/III/10, mediante el cual aprobó las "Reglas para el funcionamiento del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal". Dicho Acuerdo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de febrero del año 2010.
6. En la V Sesión Ordinaria del 26 de julio de 2010, el Consejo de Coordinación emitió el Acuerdo número COCO/03/V/10, a través del cual se reforman las "Reglas para el funcionamiento del Consejo de Coordinación para la implementación del sistema de justicia penal", las cuales fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto de 2010.
7. Que en la VI Sesión Ordinaria del Consejo de Coordinación, celebrada el 09 de Diciembre de 2010, los representantes de la Procuraduría General de la República y del Consejo de la Judicatura Federal, así como de las representaciones de la Conferencia Nacionales de Seguridad Pública, de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia y de la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia, argumentaron la necesidad de realizar un estudio detallado que permitiera identificar los costos de la implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal, los alcances y las obligaciones que en su implementación la reforma va a imponer a quienes están responsabilizados de ejecutarlo.
8. Las Reglas para el Funcionamiento del Consejo de Coordinación en su artículo 8, establece que el Consejo de Coordinación, a propuesta de cualquiera de los Consejeros y por mayoría de los mismos, podrá acordar la incorporación, de forma temporal, de otros representantes de los poderes de la Unión, organismos constitucionalmente autónomos, del sector académico o de la sociedad civil, cuando así lo considere necesario para el cumplimiento de sus fines.
9. Las Reglas para el Funcionamiento del Consejo de Coordinación en su artículo 13, establecen que, en las Sesiones, a propuesta de los Consejeros y el Secretario Técnico, previa aprobación del Consejo, podrán participar como invitados para efectos consultivos, sin derecho a voto, representantes de las organizaciones de la sociedad civil e integrantes de la academia que sean expertos en los temas del orden del día de la sesión, así como representantes de los poderes municipales, locales y federales.
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad al Noveno transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado el 18 de junio de 2008
en el Diario Oficial de la Federación, el Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal es una instancia de coordinación integrada por representantes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, además de las Conferencias Nacionales de Secretarios de Seguridad Pública, de Procuración de Justicia y de Presidentes de Tribunales, así como del sector académico y la sociedad civil.
2. Que la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal es una realidad que se ha venido instrumentando a través del Consejo de Coordinación y de su Secretaría Técnica en los tres órdenes de gobierno, con pleno respeto a su soberanía, dependiendo en gran medida de la adecuada y oportuna participación de las diversas estructuras sociales, así como miembros de la academia y diversas instancias de gobierno, relacionados con los temas de la Seguridad Pública y la Justicia Penal.
3. Que para llevar a cabo la debida implementación del sistema de justicia penal el Consejo de Coordinación a través de su Secretaría Técnica, ha desarrollado diversos programas, lineamientos, normas, procedimientos e instrumentos metodológicos necesarios para su cumplimiento.
4. Que toda vez que durante la presente administración se ha aprobado el Plan Nacional de Desarrollo 20132018, es deseable armonizar con aquél instrumento de planeación las políticas públicas que emanen de este cuerpo consultivo, para fomentar la mejor implementación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio. Lo anterior para facilitar la transformación de las instituciones involucradas hacia un modelo que contribuya a abatir la impunidad, logre una procuración de justicia efectiva y combata la corrupción.
5. Que gran parte de esa transformación requiere de sinergias institucionales integrales para la planeación, elaboración de modelos de gestión, construcción y operación de infraestructura, equipamiento, nuevas tecnologías de la información y la comunicación, los cambios organizacionales, la capacitación para jueces, agentes del Ministerio Público, defensores, policías, peritos y abogados, entre otros, y la difusión del Nuevo Sistema de Justicia Penal.
6. Que además, para fortalecer los procesos de implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal con las Entidades Federativas, es de suma importancia incluir a la Conferencia Nacional de Gobernadores CONAGO
para impulsar los acuerdos necesarios que faciliten la coordinación y promoción del Sistema Penal Acusatorio Adversarial ante los Gobiernos Estatales del país y de pauta al establecimiento de estrategias integrales y homologadas en la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal.
7. Que la Secretaría de Educación Pública, es la responsable de organizar, vigilar y desarrollar la educación en el país, por lo que su presencia propiciará la generación de sinergias para realizar los cambios necesarios a los planes y programas de estudios para la implementación de la reforma penal, así como realizar las acciones correspondientes con las Secretarías Estatales de Educación.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 25/2/2014 - Anexo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

PaísMéxico

Fecha25/02/2014

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1057

Primera edición27/01/1999

Ultima edición20/07/2023

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