Periódico Oficial de Tabasco del 23/12/2023 - Suplemento B

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Fuente: Periódico Oficial de Tabasco - Suplemento B

23 DE DICIEMBRE DE 2023

PERIODICO OFICIAL

No.- 10567

DECRETO 184

CARLOS MANUEL MERINO CAMPOS, GOBERNADOR INTERINO DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE TABASCO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL
ARTÍCULO 51, FRACCIÓN 1, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL; A SUS
HABITANTES SABED:

Que el H. Congreso del Estado, se ha servido dirigirme lo siguiente:

LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA AL HONORABLE CONGRESO DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES
CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 36, FRACCIONES 1 Y VIl, DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, Y CON BASE EN LOS
SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
l. Con fecha 31 de octubre del presente año, el Ayuntamiento del Municipio de Cárdenas, Tabasco; presentó ante el Congreso del Estado, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos para el Municipio de Cárdenas, Tabasco; para el Ejercicio Fiscal2024.

11. En la primera sesión pública ordinaria del Pleno de fecha 31 de octubre del presente año, la Mesa Directiva del Congreso del Estado, dio cuenta de la Iniciativa de referencia y por instrucciones de la Presidencia fue turnada a la Comisión Ordinaria de Hacienda y Finanzas, para su estudio y presentación del Acuerdo o Dictamen que en su caso proceda.
111. Quienes integran la Comisión Ordinaria de Hacienda y Finanzas, una vez realizado el análisis y estudio a la Iniciativa con Proyecto de Decreto de Ley de Ingresos presentada por el Ayuntamiento del Municipio de Cárdenas, Tabasco; con fecha 15 de noviembre de 2023, acordaron remitir por conducto de la Presidencia de ese Órgano Legislativo, las observaciones realizadas a la Iniciativa original presentada, con estricto respeto al principio de libertad hacendaría prevista en el artículo 115 de la Constitución General de la República;
observaciones que atendidas en tiempo y forma por el citado Ayuntamiento, fueron subsanadas, adjuntada para tales efectos el Acta de Cabildo respectiva, en la que se aprobaron las adecuaciones pertinentes, mismas que se contemplan en el presente Decreto.
IV. Con base en lo antes expuesto, las y los integrantes de la Comisión Ordinaria de Hacienda y Finanzas, han acordado emitir el Dictamen respectivo, por lo que:

CONSIDERANDO
PRIMERO. Que el Congreso del Estado es competente para expedir, reformar, adicionar, derogar y abrogar las Leyes y Decretos para la mejor Administración del Estado, planeando su desarrollo económico y social, así como para imponer las contribuciones que deban
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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tabasco del 23/12/2023 - Suplemento B

TítuloPeriódico Oficial de Tabasco - Suplemento B

PaísMéxico

Fecha23/12/2023

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones106

Primera edición22/01/2022

Ultima edición27/04/2024

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