Periódico Oficial de Sinaloa del 28/10/2020

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa

miércoles 28 de octubre de 2020

119 bis, del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, es decir., por medio de edictos que se publicaran por dos veces en el periódico Oficial el Estado de Sinaloa y el Debate de Culiacán, los cuales se editan en esta ciudad, sin perjuicio de entregar una copia al H. Ayuntamiento de esta municipalidad.
Así lo resolvió y firmó la licenciada Gloria Del Carmen Morgan Navarrete, Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil de este Distrito Judicial, por ante la licenciada Ana Raquel Ríos Angulo, Secretario que actúa y da fe.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Sept. 18 de 2020.
LA C. SECRETARIA SEGUNDA DE ACUERDOS
Lic. Ana Raquel Rlos Angulo.
R. No. 10310995
OCT. 28-30
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL DISTRITO JUDICIAL DE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO DE NOTIFICACIÓN
ROEL RODRÍGUEZ IBARRA.
DOMICILIO IGNORADO.
Que en el expediente número 1274/2018, relativo al juicio SUMARIO CIVIL HIPOTECARIO, promovido por BANCO NACIONAL DE MÉXICO, SOCIEDAD ANONIMA, INTEGRANTE DEL
GRUPO FINANCIERO BANAMEX, DIVISIÓN
FIDUCIARIA, como fiduciaria en el fideicomiso irrevocable número F/399, en contra de ROEL
RODRÍGUEZ IBARRA; se dictó Sentencia Definitiva que en sus puntos resolutivos a la letra dice:
Culiacán, Sinaloa, a 14 catorce de agosto de 2020 dos mil veinte. PRIMERO. Procede la vía sumaria civil hipotecaria. SEGUNDO. La actora probó sus pretensiones. El demandado ROEL RODRÍGUEZ IBARRA, no demostró sus excepciones. En consecuencia: TERCERO.
Se condena a ROEL RODRÍGUEZ IBARRA, a pagar a BANCO NACIONAL DE MÉXICO, SOCIEDAD ANONIMA, INTEGRANTE DEL
GRUPO FINANCIERO BANAMEX, DIVISIÓN
FIDUCIARIA, como fiduciaria en el fideicomiso irrevocable número F/339, quien comparece por conducto de su apoderada METROFINANCIERA, SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE
INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO
MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, dentro de un término de cinco días contados a partir de que quede firme este fallo, la cantidad de 51,148.70
UDIS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO
CUARENTA Y OCHO PUNTO SETENTA
UNIDADES DE INVERSIÓN, por concepto de capital vigente; 261.98 DOSCIENTOS SESENTA
Y UNO PUNTO NOVENTAY OCHO UNIDADES
DE INVERSIÓN, por concepto de amortizaciones a capital; 491.83 CUATROCIENTOS NOVENTA Y
UNO PUNTO OCHENTAY TRES UNIDADES DE
INVERSIÓN, por concepto de intereses ordinarios generados, y no pagados, en el periodo comprendido del día 02 de noviembre de 2017 a al día 1 o primero
EL ESTADO DE SINALOA 7

de abril del 2018; 4,403.90 CUATRO MIL
CUATROCIENTOS TRES PUNTO NOVENTA
UNIDADES DE INVERSIÓN, por concepto de intereses moratorios vencidos, generados en el periodo comprendido del periodo comprendido del día 02 de noviembre de 2017 a al día 1 o.
primero de abril del 2018, en la inteligencia que el cobro de los intereses se extiende hasta los que se generen hasta la total solución del juicio, importes que deberán convertirse en su equivalente a pesos al momento de realizarse el pago. CUARTO. Se condena al pago de las costas del juicio. QUINTO.
Se concede al accionado, el término de cinco días contados a partir de la fecha en que cause ejecutoria la incidencia que las regula para que den cumplimiento a lo resuelto con antelación, apercibidos que de no dar cumplimiento voluntario a la misma se procederá a su ejecución forzosa por parte de este juzgado, haciendo trance y remate del bien inmueble sujeto a cédula hipotecaria, y con su producto, pago a la parte actora.
Notifíquese la presente sentencia en términos del artículo 118, fracción VI, del Código de Procedimientos Civiles, a las partes que tengan señalado domicilio procesal. En su caso, la notificación a quien no hubiere señalado domicilio para tal efecto, practíquese de conformidad con los numérales 115 y. 116 del propio ordenamiento legal.
Así lo resolvió y firmó la licenciada ANA
VIRGINIA FERRER LACHICA, Jueza Sexta de Primera Instancia del Ramo Civil de éste Distrito Judicial de Culiacán, Sinaloa, por ante el Secretario Primero de Acuerdos Licenciada ALMA ANGÉLICA MEZA ARANA con que actúa y da fe.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sinaloa, a 14 de Septiembre de 2020.
LA SECRETARIA SEGUNDA
Lic. Merli Yasmin Aldana Anaya.
R. No. 10311221
OCT. 28-30
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
AHOME, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD
DE LOS MOCHIS, AHOME, SINALOA.
EDICTO:
Convocase a quienes se crean con derecho oponerse JUICIO DE TRAMITACIÓN ESPECIAL
MODIFICACIÓN de un Acta, promovido POR
SAMUEL FELIPE FIERRO INZUNZA E IVETH
GUADALUPE PLATA LÓPEZ, por haberse asentado incorrectamente el nombre de su menor hija como KENDY AISLINN FIERRO PLATA, siendo el correcto LEAH MICHELLE FIERRO
PLATA. Quienes podrán intervenir a juicio mientras no exista sentencia ejecutoriada en el expediente 750/2020.
ATENTAMENTE
Los Mochis, Sin., Sept. 15 de 2020
EL SECRETARIO SEGUNDO
Rosario Manuel López Velarde.
R. No. 784338
OCT. 28

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 28/10/2020

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa

PaísMéxico

Fecha28/10/2020

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones341

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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