Periódico Oficial de Sinaloa del 6/7/2020

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa

Lunes 06 de Julio de 2020

2 EL ESTADO DE SfNALOA

PODER EJECUTIVO ESTATAL
QUIRINO ORDAZ COPPEL, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 65 fracciones 1, XII y XXV, 66, 69 y 72 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, 1, 2, 3, 6, 7, 9 y 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 1, 2, 6, 7. 8, y 12 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 1, 11 . 22 y demás relativos de la Ley del Notariado del Estado de Sinaloa y,
CONSIDERANDO

Que el Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021 en su Tema 2 Gobierno Digital, Innovador y Competitivo, establece como objetivo impulsar la eficiencia, innovación y mejora en las instituciones públicas, mejorando los servicios públicos privilegiando la satisfacción del usuario, impulsando un gobierno más abierto y centrado en los ciudadanos.
Que el ejercicio del Notariado en el Estado de Sinaloa, es una función de orden e interés público que corresponde al Estado, quien la ejerce por conducto de profesionales del derecho, en virtud del Flat que para tal efecto expide el Titular del Poder Ejecutivo, para que así queden autorizados para autenticar actos y hechos jurídicos, y dar forma en los términos de Ley del Notariado del Estado de Sinaloa a los instrumentos en que los mismos se consignen.
Que el artículo 11 de la Ley del Notariado del Estado de Sinaloa, le otorga facultad al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, para crear nuevas Notarías Públicas tomando en consideración la Población beneficiada y tendencias de su crecimiento, estimaciones sobre las necesidades notariales de la población, condiciones socioeconómicas del Municipio, frecuencia y facilidades de las transacciones, número de actos inscritos en el Registro Público de la Propiedad del municipio correspondiente, y por muerte o incapacidad permanente de algún Notario en ejercicio, en una determinada jurisdicción, generando la proporcionalidad entre notarias y habitantes en cada demarcación notarial y atendiendo las necesidades sociales, con la finalidad de que la sociedad pueda obtener un servicio de calidad a costos y tiempos razonables, ya que con insuficientes notarios puede exponerse a la sociedad al riesgo de un servicio notarial caro y lento.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 6/7/2020

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa

PaísMéxico

Fecha06/07/2020

Nro. de páginas27

Nro. de ediciones341

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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