Periódico Oficial de Sinaloa del 18/3/2020

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa

EL ESTADO DE SINALOA 3

Miércoles 18 de Marzo de 2020

ACUERDO

PRIMERO.- Con la finalidad de evitar la concentración de personas y con ello, la propagación del virus, se suspenden en su totalidad las labores en los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial del Estado de Sinaloa, así como en el Centro de Convivencia Familiar Supervisada y el Centro de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Familiar, del 19 de marzo al 19 de abril de 2020, con excepción de los casos previstos en el presente Acuerdo.
SEGUNDO.- Como consecuencia de la suspensión antes descrita, no correrán plazos y términos procesales.
TERCERO.- Quedan exceptuados de la medida anterior los órganos jurisdiccionales con competencia en materia penal, incluidos los Juzgados para Adolescentes y los de Ejecución de Penas, los cuales permanecerán de guardia y su personal se turnará exclusivamente para la atención de asuntos urgentes.
CUARTO.- En cualquier caso, durante el período señalado en el punto primero, quedarán exentas de presentarse físicamente a la realización de las guardias quienes se encuentren en una situación especial de vulnerabilidad, tales como las personas adultas mayores de sesenta años, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, personas que padezcan una enfermedad crónica, tal como hipertensión arterial, diabetes, patologías cardiovasculares y cerebrovascular, cáncer o con inmunodeficiencias.
Para ello, bastará dar aviso a la administración de la Sede Regional o al titular del órgano jurisdiccional correspondiente.
QUINTO.- Se suspende provisionalmente el registro de control de asistencia en el sistema electrónico dactilar SICRA y se habilitarán las medidas sanitarias que correspondan para el control del ingreso de personas a los recintos judiciales, conforme a las recomendaciones de las autoridades de salud SEXTO.- En los órganos jurisdiccionales con competencia penal del sistema tradicional, se considerarán de tramitación urgente, de manera enunciativa, las diligencias para recibir detenidos y tomarles declaración preparatoria, y las actuaciones en el período de pre instrucción, hasta la resolución que resuelva la situación jurídica del detenido.
SÉPTIMO.- En los órganos jurisdiccionales con competencia en el sistema penal acusatorio y oral, así como en los de justicia para adolescentes, se suspenden los términos procesales distintos a los constitucionales. Consecuentemente, deberán reprogramarse las audiencias de trámite no urgentes a partir del 20
de abril de 2020, según lo determine la administración de cada Sede Regional o Juzgado en el contexto de su operatividad.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 18/3/2020

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa

PaísMéxico

Fecha18/03/2020

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones341

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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