Periódico Oficial de Sinaloa del 16/2/2022 - 2da. Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

EL ESTADO DE SINALOA 3

miércoles 16 de febrero de 2022

PODER EJECUTIVO ESTATAL
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

C. JOSÉ JAIME MONTES SALAS, Secretario de Agricultura y Ganadería, con fundamento en los artículos 66, primer párrafo y 72 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, 1, 3, 7, 8, 11, 21 y 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 2 Fracción III, 3, 4, 7, 10, 20 y 29 de la Ley de Planeación para el Estado de Sinaloa; 15 fracción III y 18 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 1, 2, 6, 7, fracciones II, V, XI, XII, XXIV, XXVI, 8, fracciones I, IV, Y XI y 24, Fracciones I, IV, V y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Ganadería; y demás legislación aplicable, y:
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación, de fecha 7 de julio de 2019, reconoce que "el campo es un sector estratégico, a causa de su potencial para reducir la pobreza e incidir sobre el desarrollo regional", y que la capitalización del sector debe ser fortalecida por lo que se establece como una de las cinco metas nacionales, que promueve el crecimiento sostenido de la productividad en un clima de estabilidad económica y mediante la generación de igualdad de oportunidades fomentando la competencia y permitir el mayor flujo de capitales, buscando promover condiciones favorables para el desarrollo económico.
Que dentro de las facultades que desarrolla el Gobierno del Estado de Sinaloa y conforme al Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado de Sinaloa, se encuentran las siguientes tareas fundamentales que son, promover el bienestar individual y colectivo de los sinaloenses, el desarrollo económico sustentable considerando la mejora regulatoria como una estrategia para alcanzar dicho propósito, también el procurar la seguridad y la paz social, la participación de todos los ciudadanos sinaloenses en la vida política, económica, cultural y social, y la equidad en las relaciones sociales.
Que el Gobierno del Estado de Sinaloa a través de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, realizará acciones, programas y estrategias en coordinación con entidades, organismos del sector agrícola y organizaciones de productores agrícolas que han venido exigiendo una mayor atención al sector.
Con el objeto de llevar a cabo la planeación, ejecución, control, seguimiento y evaluación del programa, es necesario crear las Reglas de Operación que darán certeza jurídica a la aplicación de las mismas.
Por lo que tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL "PROGRAMA
DE INCENTIVOS ANTICIPADOS VÍA FINANCIAMIENTO PARA LA ADQUISICIÓN DE
INSTRUMENTOS DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS PARA LOS PRODUCTORES DE MAÍZ DEL
CICLO AGRÍCOLA OTOÑO-INVIERNO 202112022".

Para los efectos de la interpretación y aplicación del presente ordenamiento, se indica el siguiente Glosario:
ASE: Auditoria Superior del Estado de Sinaloa.
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa"

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 16/2/2022 - 2da. Sección

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

PaísMéxico

Fecha16/02/2022

Nro. de páginas112

Nro. de ediciones295

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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