Periódico Oficial de Sinaloa del 27/3/2020 - 2da. Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

EL ESTADO DE SINALOA 3

Viernes 27 de Marzo de 2020

PODER EJECUTIVO ESTATAL
SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
QUIRINO ORDAZ COPPEL, Gobernador Constitucional del Estado de Sinaloa, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 65, fracciones XXIII, XXIII Bis, y XXV, 69 y 81 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 2 y 9 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 51, 73 fracción 1 y, 89 fracción III y último párrafo, del Código Fiscal del Estado de Sinaloa; y
CONSIDERANDO
Uno de los objetivos de la presente Administración Pública Estatal, es el fortalecimiento de las Finanzas Públicas del Gobierno del Estado, para lo cual, en el ejercicio fiscal de 2020, se han llevado a cabo acciones a fin de facilitar al contribuyente el cumplimiento de las contribuciones cuya obligación tiene a su cargo.
Para la actual Administración Pública del Estado, es prioridad mantener finanzas públicas sanas y viables, a efecto de impulsar el desarrollo económico en la Entidad, mediante un Gobierno fiscalmente responsable que establezca verdaderos incentivos que atiendan las necesidades y demandas de los Sinaloenses.

Que el Ejecutivo del Estado a mi cargo, tomando en cuenta la situación económica que vive un gran número de familias en el Estado y a fin de contribuir a una mejoría en la economía de las familias sinaloenses, considera necesario ampliar el plazo previsto en el párrafo final del artículo 49 de la Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa, a efecto de proporcionar a los contribuyentes la posibilidad de que se encuentren al corriente a sus obligaciones fiscales y evitar se generen a su cargo, sanciones y recargos por el incumplimiento de las mismas.
En tal virtud, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política Local y demás ordenamientos aplicables, he considerado oportuno ampliar el plazo establecido en el último párrafo, del artículo 49 de la Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa para el pago de la Revalidación Anual de Tarjeta de Circulación y Calcomanía de Refrendo, hasta el día jueves 30 de Abril de 2020, a fin de que los contribuyentes puedan acudir a las Oficinas Recaudadoras en el Estado de Sinaloa, y/o hacer uso del Portal Oficial de Internet del Gobierno del Estado, www.sinaloa.gob,mx para realizar el pago por el Derecho correspondiente a la Revalidación Anual de Tarjeta de Circulación y Calcomanía de Refrendo, sin que se generen recargos y multas en este periodo.
En base a las consideraciones antes expuestas, he tenido a bien emitir el siguiente:

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 27/3/2020 - 2da. Sección

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

PaísMéxico

Fecha27/03/2020

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones295

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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