Periódico Oficial de Sinaloa del 5/4/2004 - 2da. Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

4 EL ESTADO DE SINALOA

Lunes 05 de Abril de 2004

GOBffiRNO DEL ESTADO
Al margen un sello con el Escudo del Estado de Sinaloa, que dice: Secretaría General de Gobierno.
SUSPENSIÓN DE LABORES
Al público en general:
Se infonna que las dependencias y entidades públicas del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Sinaloa, suspenden sus actividades no prioritarias los días 7, 8 Y9 de abril de 2004, inclusive.
Por lo tanto, se interrumpen los plazos y términos para la atención de los asuntos que correspondan a la tramitación y aplicación de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa y el Reglamento para el Acceso a la Información Publica del Estado de Sinaloa.
Los titulares de las dependencias y entidades públicas, que por necesidades de servicio, así 10 consideren t deberán dejar guardias para la atención de .los demás asuntos pendientes, prioritarios y urgentes que correspondan a la administración pública estatal.
Lo anterior se da a conocer con fundamento en los artículos 116 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6 7, 11, 15, 17 fracciones XVI, XXX YXLI, 18 fracciones XXXIX y XLVI, Y
demás relativos y aplicables del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Estatal.
D

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Culiacán Rosales, Sinaloa. a los dos dras del mes de abril d
7 -:2
7 7.. .----é:jGerizalo M. Armienta Calderón /secretario General de Gobierno
CONGRESO DEL ESTADO
EL CIUDADANO JUAN S. MILLAN LIZARRAGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
. , Que por el H. Congreso del mismo, se le ha comunicado lo siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, .
DECRETO NÚMERO: 510
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto en el articulo 43 fracción XXVIII de la ConstituciónPolítica del Estado de Sinaloa y artículo 94 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, se concede pensión por jubilación a la C. NOHEMÍ RABAGO BORBOLLA, por la cantidad de $5,469.37, mensuales.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se modifica la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado de Sinaloa para el año 2004, en la Partida 0601 1701 01 Administrativos, tomando en cuenta el monto de la pensión por jubilación a que se refiere el presente Decreto.
TRANSITORIO:
ARTÍCULO ÚNrCO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial HEI Estado de Sinaloa".
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales. Sinaloa. a los dieciséis días del mes de marzo de dos mil cuatro.- c.FRANcISCO JAVIER LUNA BELTRÁN. DIPUTADO
PRESIDENTE; C. IMELDACAS1ROCAS1RO,DIPUTADASECRETARIA; C.MA. GUADALUPEPEÑUELAS
ARMENTA, DIPUTADASECRETARIA.- Rúbricas.
Por lo tanto mando se imprima, publique. circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los veintidos días del mes de marzo del año dos mil cuatro.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S.
MiIlán Lizárraga.- El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M. Armienta Calderón.- El Secretario de Administración y Finanzas, Osear J. LaraAréchiga.- Rúbricas.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 5/4/2004 - 2da. Sección

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

PaísMéxico

Fecha05/04/2004

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones295

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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