Periódico Oficial de Sinaloa del 12/1/2004 - 2da. Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

Lunes 12 de Enero de 2004

14 EL ESTADO DE SINALOA
Culiadn, Sin., Dic. 04 de 2003
ELC.SECRETARIODEACUERDOS
Lic. Lau,.a Y. JlIartillez Carrusco ENE. 9-12
O. No.3386
JUZGADO PRIMERO DEPRlMERAINSTANClA
DE LO FAMILIAR, DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CULlACAN, SINALOA
EDICTO

compareció a juicio. SEGUNDO.- Se decreta el divorcio de los señores Guadalupe Mendaz.
Guerrero y Leondo Boda Carmona, declarándose disuelto el vínculo matrimonial que contrajern, según acta número 348, del libro 02, levantada el día 15 quince de mayo de 1990 mil novecientos noventa, por el C. Oficial del Registro Civil 12 de la coloni. Ejidal de Cullacán, Sinaloa, la que se visualiza a foja 04 cuatro, dejándose en absoluta
Convóquese a quienes créanse con derecho a oponerse en Juicio Tramitación Especial por
libertad de contraer nuevas nupcias si así lo desean.- TERCERO.- La sociedad conyugal
Rectificación de Acta de Nacimiento de Noo Martín Esbcl Stil Reyes López en relación al nombro del
adoptada por lo contendientes, la misma se deja para ejecución de sentencia.- CUARTO.- No ha lugar a condenar a la pérdida de la patria potestad al reo civil por las consid;;racioI1es que quedaron vertidas en el cuerpo de esta resolución.- SEXTO.Notifiquese la presente resolución a la parte demandada en los términos establecidos por el
padre: Noe Martín Reyes Valderrama incorrecto,
promovido por MARTÍN NOE REYES
VALDERRAMA Y OTRA, para efecto de que se asicllte el nombre correcto que es: Martín Noe Reyes Valderroma, Exp. No. 1523/03, quienes tendrán derecho a jntervenir en el negocio, cualesquiera
que sea el estado del mismo mientras no exista sentencia ejecutoriada.

ATENT.Culiacán, Sin., Oct. 20 de 2003
ELC. SECRETARJO PRIMERO
Lie. Fllbla/a GOIlZáJez Zamora
ENE.9-12-14

O.No.3422

artículo 629 del CÓdigo Procesal Civil vigente en la Entidad.- SÉPTIMO.- No se hace especial conden.ación en costas por no encontrarse en ninguno de los supuestos previstos por el numerl 141 del Código Procesal Civil para Sinaloa.Notifiquese.- La C. Juez Tercera dé Primera Instancia de lo Familiar por ante el Secretario que actúa y da fe.

JUZGADO lERCERO DE PRHvrERA INSTANClA
DE LO FAMILIAR DEL D1STRJTO JUDICIAL DE
CULlACAN, SINALOA.

ATENTAMENTE
Culiacán, Sin:, Nov. 19 de 2003
ELSECRETARlOPRJMERO
ENE.9-12

EDrCTO
PUBLlCACIÓNDESENlENCIA
C. LEONCIO BORlA CARtvIONA

Lic. Igllacio Alvarez Lorargn
a.No.3425

JUZGADO PRIMERO DE PRJMERAINSTANClA
DEL RAMO ClVlL DEL DlS1RlTOJUDICIAL DE
GUASAVE, SINALOA.

Domicilio Ignorado EDICTO
Se hace de su conocimiento que can fecha 07 siete de noviembre del 2003 dos mil tres, se dictó sentencia relaeionado con el expediente número 41112003 del Juicio Ordinario Civil Divorcio Necesario promovido por Guadalupe Mendoza Guerrero en contra de Leoneio Borja Cannona que en sus puntos resolutivos dice: PRJMERO.- La parte llctora Guadalupe Mendaz. Guerrero probó su aCclón de divorcio Necesario, con base en la eausí:l1
XVIII del artículo 267 del Código Civil vigente en el Estado.-El demandado Loonelo Borja Carmona no
CO-DEMANDADOS uns ALFONSO CASTRO
RIOS YJAVIERALBERTOCASIRQ RIOS
Domicilio Ignorado Notificasele con fundamento en los artículos 119 Y 629 del Código Procesal Civil Vigente en el Estado, la sentencia dictada en los autos del juieio tercería excluyente de dominio, promovido por Gustavo .Miguel Rivera, que en sus.puntós

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 12/1/2004 - 2da. Sección

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

PaísMéxico

Fecha12/01/2004

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones295

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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