Periódico Oficial de Querétaro del 31/8/2023

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Fuente: Periódico Oficial de Querétaro

31 de agosto de 2023

LA SOMBRA DE ARTEAGA

Pág. 30639

PODER EJECUTIVO
Mauricio Kuri González, Gobernador del Estado de Querétaro, en ejercicio de las facultades que me confiere lo dispuesto en los artículos 20, 22, fracciones VIII, XIII y XIV y 23 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro;
1, 2, 3, 8, 19, fracción I y 21, fracciones V, XXXII, XXXIV y XXXVIII y LVIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; 1, 2, 3, 4, 7, 9, 10 y demás relativos de la Ley del Notariado del Estado de Querétaro, y Considerando I. Que la función notarial corresponde al Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, cuyo ejercicio delega a profesionales del Derecho, mediante el nombramiento de Notario que para tal efecto otorga el Gobernador del Estado; que dichos Notarios son auxiliares de la función pública, estando investidos de fe pública y autorizados para autentificar los actos y los hechos a los que se deba o se requiera dar legitimidad 1.
II. Que el 20 de mayo de 2022, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro, La Sombra de Arteaga, la Ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones en materia de Gobierno Digital y el ejercicio de funciones públicas, estableciendo el artículo 4 de la Ley del Notariado del Estado de Querétaro, que cada Notaría será atendida por un Notario, excepto por lo casos de asociación y suplencia.
III. Que, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley del Notariado del Estado de Querétaro, y al artículo transitorio noveno de la referida Ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones en materia de Gobierno Digital y el ejercicio de funciones públicas, se emitió Acuerdo por el que se establece la asignación de numeración de Notarías de las demarcaciones notariales del Estado de Querétaro, mismo que fue publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro La Sombra de Arteaga, en fecha 08 de julio del año 2022, en el que, para la demarcación notarial de Querétaro se realizó la asignación de los números de Notaría del 39 al 76.
IV. Que, el Ejecutivo del Estado de Querétaro tiene la facultad de crear el número de Notarías que se requieran en cada demarcación notarial, siendo éstas Querétaro, San Juan del Río, Cadereyta de Montes, Tolimán, Jalpan de Serra y Amealco de Bonfil 2.
V. Que, la demarcación notarial de Querétaro comprende los municipios de Querétaro, El Marqués y Corregidora 3.
VI. Que, la Ley del Notariado del Estado de Querétaro, en su artículo 10, establece los criterios a tomar en consideración para la creación de una Notaría Pública.
VII. Que uno los referidos criterios se hacen consistir en la creación de una por cada 25,000 veinticinco mil habitantes, o bien, por cuestiones de crecimiento económico en los municipios que comprenden la demarcación en la que haya de operar la Notaría respectiva, con base en el incremento de instrumentos notariales inscritos en el Registro Público de la Propiedad en los dos años anteriores.
VIII. Que, en los últimos años, la población de los Municipios que conforman la demarcación notarial de Querétaro ha ido en aumento, e inclusive abarca a dos de los municipios con mayor concentración de población en el Estado, esto es Querétaro y El Marqués, como se desprende de los datos oficiales proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía INEGI, quien de conformidad con los datos arrojados en por el Censo de Población y Vivienda 2020, posiciona a Querétaro en el lugar 21 a nivel nacional por su número de habitantes, con 2,368,467 habitantes; de los cuales, el Municipio de Corregidora cuenta con 212,567 personas, el Municipio de El Marqués con 231,668 habitantes y el Municipio de Querétaro con 1,049,777 habitantes, lo que para el año 2020, da un total de 1,494,012 habitantes en dicha demarcación notarial 4.
IX. Que aunado a lo anterior, el Estado de Querétaro se ha convertido en un estado atractivo para vivir por factores como su calidad de vida, seguridad, la existencia de fuentes de empleo para todos los niveles educativos, conocimientos y capacidades profesionales; factores que han contribuido a que nivel nacional tenga la segunda mayor tasa de crecimiento media anual poblacional con 2.7%, conforme a los datos de la Secretaría de Economía; en este sentido, de acuerdo con el análisis de los datos comparativos que hace la Secretaría de Economía federal, respecto de la información del INEGI, la población del Estado de Querétaro, creció un 30.9%, y tan solo en el Municipio de El Marqués5 casi duplicó su población con un 98.9% en una década 6.

1

Artículos 2 y 3 de la Ley del Notariado del Estado de Querétaro.
Artículos 9 y 10 de la Ley del Notariado del Estado de Querétaro.
3 Artículo 9,fracción I de la Ley del Notariado del Estado de Querétaro.
4 https cuentame.inegi.org.mx/monografias/informacion/queret/poblacion/default.aspx?tema 5
https www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/geo/elmarques?redirect=true::text=Acerca%20de%20El%20Marqu%C3%A9s&text=En%202020%2C%20la%20poblaci%C3%B3n%20en,9.88%25%20respecto%20
al%20a%C3%B1o%20anterior.
6 https www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/geo/queretaro::text=En%202020%2C%20la%20poblaci%C3%B3n%20en,en%20Quer%C3%A9taro%20
creci%C3%B3%20un%2030.9%25.
2

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Querétaro del 31/8/2023

TítuloPeriódico Oficial de Querétaro

PaísMéxico

Fecha31/08/2023

Nro. de páginas144

Nro. de ediciones1875

Primera edición01/01/1999

Ultima edición23/02/2024

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