Periódico Oficial de Morelos del 28/8/2019

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Fuente: Periódico Oficial de Morelos

28 de agosto de 2019

PERIÓDICO OFICIAL

2.- En la Cuarta Sesión Extraordinaria de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Social, Metropolitano, Zonas Conurbadas y Asentamientos Humanos de la LIV Legislatura del Estado, llevada a cabo el día 10 de julio del presente año, se llevó a cabo con las Diputadas integrantes de la Comisión, el análisis del contenido del Plan Municipal de Desarrollo 2019-2021 del municipio de Temoac, Morelos, por lo que una vez revisado y discutido se aprobó por unanimidad el Plan Municipal de Desarrollo 2019-2021
del municipio de Temoac, Morelos.
Por lo anteriormente expuesto, esta LIV
Legislatura aprueba el siguiente:
ACUERDO PARLAMENTARIO
POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN
MUNICIPAL DE DESARROLLO 2019-2021 DEL
MUNICIPIO DE TEMOAC, MORELOS.
ÚNICO.- Se aprueba el Plan Municipal de Desarrollo 2019-2021 del municipio de Temoac, Morelos.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Remítase el presente Acuerdo al Titular del Poder Ejecutivo del Estado para su promulgación y publicación, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 44, 47 y 70, fracción XVII, incisos a y c, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, Órgano de difusión del Gobierno del Estado de Morelos.
TERCERO.- Hágase del conocimiento éste Acuerdo al municipio que corresponda para que proceda a la inmediata publicación de su Plan Municipal 2019-2021, en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, Órgano de difusión del Gobierno del Estado de Morelos.
CUARTO.- Se instruye a la Secretaría de Servicios Legislativos y Parlamentarios dar cumplimiento a los términos señalados.
Recinto Legislativo, en Sesión Ordinaria del día dieciséis de julio del 2019.
Atentamente Los CC. Diputados Secretarios de la Mesa Directiva del Congreso del Estado.
CRISTINA XOCHIQUETZAL SÁNCHEZ AYALA
DIPUTADA SECRETARIA
ARIADNA BARRERA VÁZQUEZ
DIPUTADA SECRETARIA
RÚBRICAS.

Página 3

Al margen superior izquierdo un Escudo del estado de Morelos que dice: Tierra y Libertad.- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.2018-2024 y un logotipo que dice: Morelos CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA COORDINACIÓN
ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL MORELOS.
C. Pedro Enrique Clement Gallardo, en mi carácter de Titular de la Coordinación Estatal de Protección Civil Morelos y en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; en relación con los artículos 1, 12, 63, 64 y 71 de la Ley Estatal de Protección Civil de Morelos, 2
y 24 del Estatuto Orgánico de la Coordinación Estatal de Protección Civil Morelos y 13 fracción VI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos, así como los artículos 1, 3 y 5
del Reglamento de la Ley de Protección civil para el Estado de Morelos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los servidores públicos deben sujetarse a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, en el ejercicio de sus funciones, empleos, cargos y comisiones. De igual manera, la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Morelos establecen que los servidores públicos observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen en el servicio público.
El presente Código, tiene por objeto enunciar y dar a conocer los valores éticos, así como las conductas que deben inspirar el desempeño de los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones y determina los principios que rigen el servicio público y que deberán tener presente los servidores públicos en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos y comisiones; es por ello, que en el quehacer público, esta Coordinación Estatal de Protección Civil Morelos abona a una la base para promover un cambio cultural en la actitud de los servidores públicos, mediante el cual asumen el compromiso y la responsabilidad de desempeñar su cargo, empleo o comisión, bajo los principios y valores rectores de la función pública, coadyuvando en el impulso de una Administración Pública eficiente, honesta y transparente, desarrollando las reglas de integridad a las que deberán sujetarse los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones, a través de los principios y valores que se concretarán en este Código de Conducta. Es interés de esta Coordinación Estatal de Protección Civil Morelos, a mi cargo, dictar las medidas preventivas que permitan la salvaguarda

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Morelos del 28/8/2019

TítuloPeriódico Oficial de Morelos

PaísMéxico

Fecha28/08/2019

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones1819

Primera edición05/01/2000

Ultima edición08/12/2020

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