Periódico Oficial de Morelos del 16/7/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Morelos

Página 2

PERIÓDICO OFICIAL

Al margen izquierdo un Escudo del estado de Morelos que dice: Tierra y Libertad.- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.- Poder Legislativo. LIV Legislatura. 2018-2021.
CUAUHTÉMOC
BLANCO
BRAVO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS
HABITANTES SABED:
Que el H. Congreso del Estado se ha servido enviarme para su promulgación lo siguiente:
La Quincuagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Morelos, en ejercicio de la facultad que le otorga la fracción II del artículo 40 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, y al tenor de los siguientes:
ANTECEDENTES:
I.- Que con fecha 13 de marzo de 2017, el C.
Elías Ponce Apolinar, solicitó de esta Soberanía, le fuera otorgada pensión por Jubilación, toda vez que prestó sus servicios en el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Cuernavaca, desempeñando como último cargo el de: Jefe de Sección B, adscrito a la Oficina de Casetas y Bacheo, habiendo acreditado, 25 años, 13 días, de servicio efectivo de trabajo ininterrumpido.
II.- Que una vez satisfechos los requisitos legales por parte del C. Elías Ponce Apolinar, para ser beneficiario de pensión por Jubilación, el Congreso del Estado, mediante Decreto Número Dos Mil Quinientos Cuarenta y Uno, de fecha a los quince días del mes diciembre de dos mil diecisiete, publicado en el Periódico Oficial Tierra y Libertad número 5594, el veinticinco de abril del dos mil dieciocho, le concedió pensión por Jubilación a su favor, a razón del equivalente al 75% del último salario del solicitante, a partir del día siguiente a aquél en que el trabajador se separe de sus labores y será cubierta por el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Cuernavaca, Dependencia que deberá realizar el pago en forma mensual, con cargo a la partida presupuestal destinada para pensiones, cumpliendo con lo que disponen los artículos 55, 56 y 58 de la Ley del Servicio Civil del Estado.
III.- Que en fecha 02 de mayo de 2018, el C.
Elías Ponce Apolinar, presentó ante la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en esta Ciudad, demanda de garantías, en contra de, entre otras Autoridades el Congreso del Estado de Morelos y por los actos que a continuación se transcriben:

ACTO RECLAMADO: DEL CONGRESO DEL
ESTADO DE MORELOS reclamo la expedición y aprobación de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos de manera particular el artículo 58, fracción I y de manera específica el inciso B sic y así también el DECRETO NÚMERO DOS MIL QUINIENTOS
CUARENTA Y UNO POR EL QUE SE CONCEDE
PENSIÓN POR JUBILACIÓN AL C. ELÍAS PONCE
APOLINAR, por ser el primer acto de aplicación.

16 de julio de 2019

IV.- Que, por razón de turno, le correspondió conocer de la demanda al Juez Primero de Distrito en el Estado de Morelos, quien por proveído de 03 de mayo de 2018 admitió a trámite la demanda, quedando registrada bajo el expediente 715/2018.
V.- Posteriormente fue notificado a este Congreso del Estado, la sentencia de fecha 20 de marzo de 2019 dictada por el Juez Primero de Distrito en el Estado de Morelos, mediante la cual resolvió conceder el Amparo y Protección de la Justicia Federal al C. Elías Ponce Apolinar, en los siguientes términos:

En consecuencia, se considera fundado el concepto de violación en estudio y lo procedente es conceder el amparo y protección de la justicia federal, contra el artículo 58, fracción I, inciso f de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos y su acto de aplicación, para el efecto establecido en el siguiente considerando. Concesión que debe hacerse extensiva a los actos de ejecución y consecuencia de dicha violación y a las autoridades que los hayan emitido.
VI. Efectos de la protección de la Justicia de la Unión. Acorde al artículo 74, fracción V de la Ley de Amparo, se especifica que el efecto de la concesión del amparo consiste en:
1 Que se desincorpore del quejoso del artículo 58, fracción I, inciso f de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos; esto es, para que no se le aplique la norma declarada inconstitucional durante el lapso de su vigencia.
Cabe precisar que al determinarse que dicho numeral violó el principio de igualdad, al quejoso deberá aplicársele el artículo 58, fracción II, inciso d de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos que es el precepto que otorga un trato preferencial al sexo femenino.
2 Como consecuencia de lo anterior, se deje insubsistente el acto de aplicación de la norma declara inconstitucional, consistente el Decreto Número Dos Mil Quinientos Cuarenta y Uno emitido el quince de diciembre de dos mil diecisiete, publicado el veintitrés de abril de dos mil dieciocho, en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, y en su lugar se emita otro, en el que deberá aplicársele el referido artículo 58, fracción II, inciso d de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos.

Por lo expuesto y con fundamento, además, en los articulos 73 a 77 de la Ley de Amparo se:
RESUELVE:
PRIMERO. La Justicia de la Unión ampara y protege a Elías Ponce Apolinar, por lo expuesto en el considerando V y para los efectos precisados en el considerando VI de esta sentencia.
Atento a lo anterior, la Comisión Legislativa que suscribe emite los siguientes:

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Morelos del 16/7/2019

TítuloPeriódico Oficial de Morelos

PaísMéxico

Fecha16/07/2019

Nro. de páginas200

Nro. de ediciones1819

Primera edición05/01/2000

Ultima edición08/12/2020

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Julio 2019>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031