Periódico Oficial de Morelos del 19/6/2019

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Fuente: Periódico Oficial de Morelos

Página 4

PERIÓDICO OFICIAL

SÉPTIMA. Dentro de un plazo no mayor a 90
días hábiles contados a partir de la publicación de este Decreto, el Comité pro Municipio designará a cinco representantes para formar un grupo de trabajo, junto con otros cinco representantes designados por el Ayuntamiento de Puente de Ixtla. Dicho grupo de trabajo deberá realizar los Proyectos de Convenios señalados en la normativa aplicable a fin de presentarlos al concejo municipal del Municipio de Xoxocotla, con base a la siguiente información:

DÉCIMA SEXTA. Los Municipios de Xoxocotla, y Puente de Ixtla, Morelos, podrán convenir sus respectivos límites territoriales, sometiéndolos a la aprobación del Congreso del Estado. El Convenio aprobado por el Congreso del Estado o, de ser el caso, las resoluciones dictadas en casos de diferencias sobre los límites territoriales, serán publicados en el Periódico Oficial Tierra y Libertad.
Las resoluciones del Congreso por las que se ponga fin a los conflictos de límites municipales y los Convenios que sean aprobados, no admitirán recurso o medio de defensa legal alguno.

Lo señalado es propio.
Dicha delimitación resulta necesaria y urgente para el municipio de Xoxocotla, Morelos, ello a efecto de que dicha autoridad tenga el total y pleno reconocimiento frente a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como de los Ayuntamientos o por cualquier otro ente perteneciente a la Administración Pública Federal, Estatal, Municipal, Paraestatal, así como con las Entidades, Organismos Públicos Autónomos e Instituciones mencionadas en la Carta Fundamental Mexicana y en la Constitución Morelense, y alcanzar con ello el cumplimiento de las prerrogativas, derechos y obligaciones que prevén los artículos 115 y 116, así como el artículo 110, 111, 113, 114 y 114 Bis, que las respectivas y referidas disposiciones de los citados cuerpos normativos le confieren.
CONTENIDO DEL CONVENIO MATERIA DEL
PUNTO DE ACUERDO PARLAMENTARIO
Derivado del acuerdo de voluntades celebrado entre las autoridades municipales de Puente de Ixtla y Xoxocotla, Morelos, y para efecto de que los integrantes de este Poder Reformador tengan pleno conocimiento sobre sus alcances y efectos, se tiene a bien transcribir de manera íntegra su contenido, consiste en lo siguiente:

19 de junio de 2019

CONVENIO
DE
RECONOCIMIENTO
Y FIJACIÓN DE LOS LÍMITES TERRITORIALES QUE
EN CUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES
TRANSITORIAS SEGUNDA; SEXTA; SÉPTIMA Y
DÉCIMA SEXTA DEL DECRETO DE CREACIÓN
NÚMERO 2344, PUBLICADO EL DÍA 18 DE
DICIEMBRE DEL 2017, EN EL PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD, QUE CELEBRAN POR UNA
PARTE EL MUNICIPIO DE PUENTE DE IXTLA, MORELOS, REPRESENTANDO EN ESTE ACTO
POR EL CIUDADANO MARIO OCAMPO OCAMPO, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL; LA
CIUDADANA VERONICA TORRES REBOLLAR EN
SU CARÁCTER DE SINDICA MUNICIPAL, LA
ÁNGELES VAZQUEZ REYES EN SU CARÁCTER DE
SECRETARIA MUNICIPAL, A QUIENES EN LO
SUCESIVO SE LES DENOMINARA COMO EL
MUNICIPIO DE PUENTE DE IXTLA, Y POR PARTE
EL MUNICIPIO DE XOXOCOTLA, REPRESENTADO
POR EL C. LEONEL ZEFERINO DÍAZ, CONCEJAL
PRESIDENTE; C. MIGUEL CANALIS CARRILLO
CONCEJAL SINDICA Y EL C. GREGORIO JIMENEZ
SOLANO SECRETARIO MUNICIPAL; A QUIENES EN
LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ EL
MUNICIPIO DE XOXOCOTLA, DE CONFORMIDAD
CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y
CLÁUSULAS
QUE
A CONTINUACIÓN
SE
EXPRESAN:
ANTECEDENTES
I.- EL MUNICIPIO; Ambas partes tienen pleno interés en celebrar el presente instrumento jurídico de Reconocimiento y Fijación de los Límites territoriales entre ambos municipios, en base a las disposiciones Transitorias Segunda; Sexta, Séptima y Décima Sexta del Decreto número 2344, por el cual se crea el Municipio de Xoxocotla, publicado el día 18 de diciembre del 2017, en el Periódico Oficial Tierra y Libertad; apoyándose además en lo dispuesto por los artículos 110,111 y 112 de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Morelos; así como los Artículos 38, 41 y 45 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos.
II.- EL TERRITORIO; Las partes, establecen que la celebración del acto jurídico en comento tiene por objeto, evitar controversias de carácter judicial entre los ciudadanos de ambos Municipios, además de definir correctamente los límites territoriales con el fin de dar el debido cumplimiento a lo dispuesto por el artículo transitorio décima sexta del DECRETO
NÚMERO DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y
CUATRO de fecha 18 de diciembre del dos mil diecisiete por el que se crea el municipio de Xoxocotla, Morelos, y de esta forma dar certidumbre jurídica a los habitantes de los Municipios, en virtud de la segregación del entonces Poblado de XOXOCOTLA
como parte territorial del municipio de PUENTE DE
IXTLA, hoy decretado municipio de XOXOCOTLA, MORELOS.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Morelos del 19/6/2019

TítuloPeriódico Oficial de Morelos

PaísMéxico

Fecha19/06/2019

Nro. de páginas126

Nro. de ediciones1819

Primera edición05/01/2000

Ultima edición08/12/2020

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