Periódico Oficial de Chiapas del 15/6/2022

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas

miércoles 15 de junio de 2022

SGG-ID-PO15531

Periódico Oficial No. 229

PUBLICACIONES ESTATALES

Secretaría General de Gobierno Coordinación de Asuntos Jurídicos de Gobierno Unidad de Legalización y Publicaciones Oficiales
DECRETO NÚMERO 146
Rutilio Escandón Cadenas, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber:
Que la Honorable Sexagésima Octava Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargo el siguiente:
DECRETO NÚMERO 146
La Sexagésima Octava Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución Política Local;
y, CONSIDERANDO
El artículo 45, fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, faculta al Honorable Congreso del Estado a legislar en las materias que no están reservadas al Congreso de la Unión, así como en aquellas en que existan facultades concurrentes de acuerdo con el Pacto Federal.

Una de las principales ocupaciones de la agenda legislativa es la cobertura jurídica de las niñas, niños y los adolescentes. La ampliación de los derechos de los infantes.
La ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes vigente considera Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo, Derecho de prioridad, Derecho a la identidad y a la certeza jurídica, Derecho a vivir en familia, Derecho a la igualdad sustantiva, Derecho a no ser discriminado, Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral, Derecho de acceso a una vida libre de violencia y a la integridad personal, Derecho a la protección de la salud y a la seguridad social, Derecho a la inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad, Derecho a la educación, Derecho al descanso y al esparcimiento, Derecho a la libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura, Derecho a la libertad de expresión y de acceso a la información, Derecho a la participación, Derecho de asociación y reunión, Derecho a la intimidad, Derecho a la movilidad humana y al libre tránsito, Derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso, Derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes, Derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet, en términos de lo previsto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
El presente Decreto pretende adicionar el derecho a la integridad emocional, cuestión que pudiese concluir que ya está contemplada en el artículo 13 fracción VIII de la Ley de General de Niñas, Niños y Adolescentes Derecho de acceso a una vida libre de violencia y a la integridad personal.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 15/6/2022

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas

PaísMéxico

Fecha15/06/2022

Nro. de páginas412

Nro. de ediciones1038

Primera edición11/12/2006

Ultima edición28/06/2023

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