Periódico Oficial de Chiapas del 19/8/2013

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas

Periódico Oficial No. 050

Lunes 19 de Agosto de 2013

Publicación Estatal:
Secretaría General de Gobierno Subsecretaría de Asuntos Jurídicos Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales Decreto Número 233
Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Que la Honorable Sexagésima Quinta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargo el siguiente:
Decreto Número 233
La Honorable Sexagésima Quinta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución Política local; y, Considerando La fracción I del artículo 30 de la Constitución Política del Estado de Chiapas, establece que es facultad del Honorable Congreso del Estado legislar en materias que no están reservadas al Congreso de la Unión.
Que atendiendo a las reformas de junio de 2011 al artículo 102, apartado B, constitucional donde se fortalece la autonomía a través de la figura del ombudsman nacional como titular del Organismo Nacional Protector de Derechos Humanos y de un órgano consultivo donde participa la sociedad civil para impulsar programas y políticas en pro de los derechos humanos. Es premisa también que este Honorable Congreso del Estado, en el ámbito de su competencia de iniciar, derogar o abrogar leyes, adecúe el marco normativo local en materia de derechos humanos en armonización con la Constitución Federal de la República.
La creación de un nuevo marco normativo local en materia de derechos humanos armonizado al marco normativo nacional, permitirá dotar a la institución pública de protección de derechos humanos de una estructura administrativa y funcional acorde a sus necesidades que se traduzcan en brindar a la sociedad servicios de calidad con eficacia y eficiencia en el desempeño de las funciones de quienes ahí laboran con el fin de promover, vigilar y defender los derechos humanos.
La presente Ley se crea con el objeto de armonizar nuestro marco constitucional local con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de derechos humanos; así como cumplir con los Principios de París suscritos por los representantes de instituciones nacionales, Estados, las Naciones Unidas, sus organismos especializados, organizaciones intergubernamentales y organizaciones no gubernamentales protectoras de derechos humanos, mediante los cuales los participantes formularon amplio conjunto de recomendaciones sobre la función y composición de los organismos de protección y promoción de los derechos humanos.
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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 19/8/2013

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas

PaísMéxico

Fecha19/08/2013

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones1038

Primera edición11/12/2006

Ultima edición28/06/2023

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