Periódico Oficial de Chiapas del 31/12/2018 - Sección Sexta

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Sexta

lunes 31 de diciembre de 2018

Periódico Oficial No. 006 6a. sección
IMPUESTOS.- Son las contribuciones en dinero o en especie que el Estado cobra obligatoriamente a todas aquellas personas que las leyes fiscales consideran como contribuyentes. Algunos ejemplos de impuestos municipales son: El impuesto predial. Por tenencia de terreno, por construcción, etc.. El impuesto sobre compraventa de bienes inmuebles.
DERECHOS.- Estos son los pagos que percibe el municipio a cambio de la prestación de un servicio de carácter administrativo. Algunos ejemplos de derechos son: Por expedición de certificados, títulos, copias de documentos y legalización de firmas. Por licencias de construcción reparación o restauración de fincas. Por propaganda, promociones comerciales.
Por servicio de recolección de basura. Por ocupación de la vía pública y servicio de mercado.
Por servicio de panteones.
PRODUCTOS.- Se compone de los cobros que hace el municipio por el aprovechamiento y/o explotación de sus bienes patrimoniales. Algunos ejemplos de productos son: Los derivados de concesiones, de explotación o arrendamiento de bienes inmuebles edificios, instalaciones, mercados, centros sociales, etc.. La venta de bienes muebles e inmuebles.
APROVECHAMIENTOS.-Son todos los ingresos de la Hacienda Pública Municipal que no quedan comprendidos dentro de la clasificación de impuestos, derechos, productos y participaciones. Los donativos. Los recargos. Las indemnizaciones por daños a bienes municipales. Los reintegros. Se integra principalmente por infracciones a los reglamentos.
PARTICIPACIONES.-Son los porcentajes de la recaudación federal total, que las leyes estatales o federales conceden a los municipios. Este concepto es de gran importancia para los municipios, ya que representa una de sus principales fuentes de ingresos.
CRÉDITOS.- Son los ingresos que el municipio tiene derecho a percibir por concepto de las obligaciones que tienen las personas físicas o morales derivado de las contribuciones que les corresponde tributar.
IMPUESTO PREDIAL.- Contribución que deben pagar todos los propietarios, copropietarios y poseedores de bienes inmuebles con destino comercial, industrial, para vivienda, entre otros.
TRASLADO DE DOMINIO.- Es el proceso de "transmitir" la gestión desde un registrador a otro en materia de propiedad inmobiliaria.
UMA.- Unidad de Medida y Actualización.
UDIS.- Unidades de inversión.
EXENCIÓN.- Beneficio que se les concede a las entidades del Estado, Municipio o Federación, que por ser bienes del dominio y uso público no pagan impuesto predial.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 31/12/2018 - Sección Sexta

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Sexta

PaísMéxico

Fecha31/12/2018

Nro. de páginas376

Nro. de ediciones6

Primera edición31/12/2008

Ultima edición31/12/2018

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