Periódico Oficial de Chiapas del 1/12/2021 - Sección Cuarta

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Cuarta

miércoles 01 de diciembre de 2021

Periódico Oficial No. 197 4a. Sección
El Sindicato, contará con un término de 45 días hábiles para que a través de su representante solicite ante la CGRH la plaza a Pie de Rama a favor del descendiente directo del trabajador.
Artículo 9.- La CGRH tendrá un término de 180 días naturales, para otorgar la plaza a Pie de Rama, contados a partir del momento de la solicitud del familiar directo del trabajador fallecido.
Artículo 10.- Si existen dos o más descendientes que acrediten el parentesco por consanguinidad o civil en primer grado, que tengan derecho a exigir la plaza por fallecimiento del trabajador, podrán de común acuerdo declinar a favor de uno de ellos, el cual quedará como titular de dicha plaza.
De no existir consenso entre ellos, deberá ser la autoridad competente que resuelva dicha controversia, de conformidad a las leyes aplicables.
Artículo 11.- Para el caso que, de común acuerdo se determine entre los descendientes en primer grado, la asignación de la plaza a alguno de ellos, deberán presentar además de lo establecido en el artículo 3 de los presentes Lineamientos, el escrito original de manifestación, que contenga su declive a favor de éste, acompañada de la Credencial de Elector vigente.
Una vez presentada se tendrá el término de cinco días hábiles para ratificarla ante la CGRH.
Artículo 12.- Una vez llevado a cabo el proceso de postulación calificación respecto de la plaza a Pie de Rama del descendiente directo del trabajador de base fallecido, la CGRH, realizará la evaluación del perfil del postulante a efecto de determinar la viabilidad o no del ingreso.
EI resultado de la asignación de la plaza a Pie de Rama, se dará a conocer en un término no mayor a 15 días hábiles al Sindicato, a efecto de realizar las gestiones necesarias para la aplicación de los derechos y obligaciones a favor del familiar directo que resulte titular de la misma.
Artículo 13.- El Jefe de la Unidad de Apoyo Administrativo o su equivalente del Organismo Público, donde se encuentre adscrita la plaza vacante a Pie de Rama, deberá observar para el alta del trabajador los Lineamientos para la Aplicación de Movimientos Nominales y Administración de Plazas del Personal de la Administración Pública Estatal.
Artículo 14.- La interpretación de cualquier determinación relativa y no contemplada dentro de los presentes Lineamientos, será resuelta por la CGRH y la Procuraduría Fiscal de la Secretaría.
Transitorios Artículo Primero.- Los presentes Lineamientos entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial.
Artículo Segundo.- En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, y 13 fracción V de la Ley Estatal del Periódico Oficial, publíquense los presentes Lineamientos en el Periódico Oficial.
Dado en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los veintitrés días del mes de noviembre de dos mil veintiuno.
Javier Jiménez Jiménez, Secretario de Hacienda. Rúbricas.

3

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 1/12/2021 - Sección Cuarta

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Cuarta

PaísMéxico

Fecha01/12/2021

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones84

Primera edición06/06/2007

Ultima edición28/12/2022

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2021>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031